A propósito del incendio de Móstoles --------------------------------------------------
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Los ayuntamientos son los responsables de aplicar el Reglamento de Incendios en los edificios de viviendas, aunque sólo en el momento de conceder la licencia de construcción o si hay que realizar alguna reformaimportante que requiera la aprobación municipal, según manifestó esta tarde a Servimedia el Subdirector de Normativa y Tecnología de la Edificación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Gonzalo Ramírez Gallardo.
El primer Reglamento de Incendios a nivel nacional apareció en 1981. "Anteriormente había bastante reglamentación de los ayuntamientos", precisó el responsable del MOPT. Después, esta normativa fue revisada en 1982 y 1991.
Según Ramírez, con la normativa se busca "tanto qe no se produzca el fuego como que haya una protección suficiente y una evacuación de la gente que está en los edificios".
Por lo que respecta a las casas que ya habían sido construídas cuando apareció el Reglamento, como es el caso del inmueble número 22 de la calle Hermanos Pinzón de Móstoles (Madrid), cuya fachada se incendió hoy, tuvieron que cumplir la respectiva ordenanza municipal en el momento de su edificación, pero nadie supervisa después que cumplen con las últimas disposiciones en materia e seguridad contra incendios.
"Lo que está construído, está construído", señaló Ramírez. "Lo que no se puede es estar mirando todos los días los dos o tres millones de casas que hay o los que haya". "No compite nada más que en el momento de construirse", afirmó.
"La inspección de todo el tema de incendios en el proyecto, es decir, cuando van las licencias, lo hace el ayuntamiento", indicó Gonzalo Ramírez.
Sobre el incendio de hoy en Móstoles, comentó que "habría que analizarlo más despacio, iendo las causas exactas, porque sacar un colchón incendiado no es una cosa muy normal que digamos, es casi un accidente".
(SERVIMEDIA)
07 Jul 1992
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