EL PROPIETARIO DE UN VEHICULO ESTA OBLIGADO A REVELAR QUIEN LO CONDUCIA AL SER MULTADO, SEGUN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
×
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El propietario de un vehículo sancionado está obligado a revelarel nombre de quien conducía en el momento de la infracción, según una sentencia del Tribunal Constitucional hecha pública hoy. Este fallo afecta sobre todo a los contenciosos entre la Administración y propietarios de coches multados por el procedimiento de radar y fotografía.
El alto tribunal desestima así varias cuestiones de inconstitucionalidad planteada por instancias judiciales que entendían que obligar al propietario a revelar quien conduce podía atentar contra el artículo 24.2 de la Carta Magna que reconoce el derecho a no declarar contra uno mismo.
Según el Constitucional, ese derecho no se ve vulnerado por la obligación de comunicar el nombre del conductor, ya que ello no implica confesar la autoría dela infracción, aunque coincida en la misma persona la condición de propietario y conductor en el momento de la infracción
(SERVIMEDIA)
26 Dic 1995
G