PROHIBIDA CUALQUIER DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE DISCAPACIDAD EN LAS ADOPCIONES INTERNACIONALES
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La nueva Ley de adopción internacional, publicada el día 29 en el BOE, prohíbe expresamente cualquier discriminación por razón de discapacidad en las adopciones internacionales, según recordó hoy el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un comunicado.
En concreto, la Ley en su artículo 11 dispone que "en el proceso de declaración de idoneidad, se prohíbe cualquier discriminación por razón de discapacidad o cualquier otra circunstancia."
La prohibición de discriminación por razón de discapacidad obedece a una demanda del CERMI, recogida por el Ministerio de Justicia, autor del proyecto de ley. En los últimos años, el CERMI había recibido varias quejas y denuncias de personas con discapacidad que consideraban que esta circunstancia había operado de modo negativo a la hora de declarar su idoneidad para adoptar.
La idoneidad, según la Ley, es la capacidad, aptitud y motivación adecuadas para ejercer la patria potestad, atendiendo a las necesidades de los niños adoptados, y para asumir las peculiaridades, consecuencias y responsabilidades que conlleva la adopción internacional.
(SERVIMEDIA)
30 Dic 2007
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