LOS PROFESORES PUEDEN ELEGIR LAS HORAS DE LACTANCIA DE SUS HIJOS, SEGUN SENTENCIA DEL TSJA

GRANADA
SERVIMEDIA

Los profesores y profesoras de Andalucía podrán elegir la hora más adecuada para la lactancia de sus hijos, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula una orden contraria de la Consejería de Educación.

La demanda, interpuesta por el sindicato de educación de US, estuvo motivada por una circular de la administración educativa según la cual "la hora de lactancia sólo podría disfrutarse de entre las 5 horas semanales no lectivas que establece el convenio de la enseñanza privada", según informó el sindicato.

"Ante tamaña barbaridad", según USO, el sindicato interpuso conflicto colectivo contra dicha medida. La vista se celebró el pasado sábado en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El sindicato afirma que "la reivindicaciónde las madres y padres de la enseñanza privada es absolutamente natural y congruente con el derecho de los menores y de sus progenitores trabajadores, como no podría ser de otra manera".

USO recuerda que "la doctrina ha venido declarando que la razón de ser de la pausa retribuida por lactancia establecida en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores es la interrupción o descanso dentro de la jornada de trabajo para atender al hijo de corta edad, bien para alimentarle, bien para otros cuidados erentorios en los primeros meses de vida".

A juicio del sindicato, y según ratifica el TSJA, el "auténtico beneficiario o titular del derecho no sería la madre o el padre trabajadores, sino el hijo menor de 9 meses".

Apoyándose en dicha sentencia, USO afirma que "sólo el padre o la madre pueden disfrutar del derecho de ausencia y ellos deben decidir cuándo y cómo pueden atender las necesidades de sus hijos menores".

Para la central sindical, "cualquier signo de actitud reglada o impuesta al especto, desnaturalizaría y hasta conculcaría la razón de ser del precepto".

(SERVIMEDIA)
17 Mar 1993
C