Tribunales
El Pleno del Constitucional inadmite las recusaciones contra cuatro magistrados en la Ley del Aborto
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite por falta de legitimación el escrito de cinco diputados del PP que recusaban por distintos motivos al presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y a los magistrados Concepción Espejel, Inmaculada Montalbán y Juan Carlos Campo en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra diversos preceptos de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, conocida como ‘Ley del Aborto’.
La inadmisión a trámite se fundamenta en que los exdiputados firmantes carecen de legitimación a título particular y en su propio nombre para solicitar la recusación pues, conforme los arts. 162.1. a) de la Constitución y 32.1.c) y d) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, ésta sólo corresponde a la agrupación de 50 o más diputados que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad, en cuyo nombre no actuaban en este caso.
Por tanto, carecen de legitimación cada uno de los recurrentes de forma individual para interponer de forma autónoma, en su propio nombre, pretensión alguna en el procedimiento, como se reclama en este caso. La magistrada Concepción Espejel ha anunciado un voto particular.
El Pleno declaró el martes no justificada la abstención de la magistrada Concepción Espejel para participar en la deliberación del recurso de inconstitucionalidad presentado contra esta misma ley.
La magistrada consideraba que su abstención estaba fundada en la participación como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en julio de 2009, en los trabajos preparatorios del informe sobre el anteproyecto de ley, que fue sometido a votación del Pleno del CGPJ, sin llegar a ser aprobado, por lo que no fue incorporado al proceso legislativo que dio lugar a su posterior aprobación.
La recusación de Conde-Pumpido se fundamenta en el hecho de que era fiscal general del Estado y participó en las deliberaciones del Consejo Fiscal que informó sobre el anteproyecto de la ley orgánica objeto de recurso, por lo que “se formó criterio sobre el mismo hasta el punto de firmar un informe alternativo al emitido por el Consejo Fiscal por desacuerdo con éste último”.
La recusación de Campo tiene que ver con su cargo como secretario de Estado de Justicia entre los años 2009 a 2011 por lo que era miembro de la estructura de Gobierno que impulso el anteproyecto que dio lugar a la ley del aborto ahora recurrida.
A Montalbán y Espejel se les recusa porque eran vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando se tramitó la ley y, por lo tanto, “participaron en la elaboración y votación del informe de ese órgano sobre el citado anteproyecto”.
(SERVIMEDIA)
08 Feb 2023
SGR/gja