EL PLAZO DE SOLICITUD DE VOTO POR CORREO CONCLUYE EL 2 DE JUNIO
- Por primera vez votarán los electores europeos residentes en España
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El plazo de solicitud de voto por correo para aquellos residentes que el próximo 12 de junio prevean no estaren las localidades donde se encuentran censados se cerrará el próximo 2 de junio, según ha anunciado la Oficina del Censo Electoral.
Este procedimiento podrá ser utilizado por primera vez por los 27.488 ciudadanos de la Unión Europea residentes en España que están incluidos en el censo de su ciudad de residencia habitual.
Esta ampliación del censo electoral a los ciudadanos de la Unión se produce en virtud de la normas comunitarias, que permiten a los ciudadanos elegir si vota en su lugar de resiencia o en su país de origen.
Para votar por correo el elector deberá solicitar en cualquier oficina de Correos un impreso que, una vez relleno y entregado en esa oficina, se envía a las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. El envío debe hacerse por correo certificado con carácter gratuito. Ninguna solicitud recibida por correo ordinario será admitida.
Una vez concluido este trámite las delegaciones provinciales de la oficina del Censo enviarán, también por correo certificdo, la documentación para votar a partir del 23 de mayo.
El ciudadano elige entonces la papeleta de la candidatura que desee y envía su voto junto con el certificdo de inscripcón a la mesa electoral por correo certificado. Este envío se podrá realizar hasta el 8 de junio, pero la oficina del Censo aconseja a los electores que inicien los trámites lo antes posible para evitar errores y retrasos.
(SERVIMEDIA)
10 Mayo 1994
SGR