PLAN VIVIENDA. EL GOBIERNO PAGARA PARTE DE LA CUOTA MENSUAL DE LA HIPOTECA Y ESTUDIA ELIMINAR LA SUBVENCION A FONDO PERDIDO
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l Plan de Vivienda para el periodo 1998-2001 introducirá importantes cambios en el actual modelo de ayudas diseñado por anteriores gobiernos, según los primeros documentos elaborados por el Ministerio de Fomento y a los que ha tenido acceso Servimedia.
Entre los aspectos más significativos de la reforma figura que ya no se subvencionará el tipo de interés de las hipotecas, sino que se pagará un porcentaje de la cuota mensual del préstamo. Además, está en estudio eliminar las aportaciones a fondo perdio, salvo en el caso de viviendas protegidas destinadas al alquiler.
Junto a la novedad anunciada por el ministro de Fomento, Rafael Arias Salgado, de unificar los tipos de viviendas protegidas actuales (VPO y VPT) en la Vivienda de Protección Pública (VPP), el borrador con el que trabaja el ministerio reduce la entrada a pagar del 20 al 10% del valor de la vivienda, de manera que se puede cargar en el préstamo el 90% del precio del piso, en lugar del 80% actual.
Además, el ministerio sustituirá e modelo de zonas geográficas para fijar precios de viviendas protegidas, por otro en el que se aplicará un precio básico de la VPP para toda España.
Sobre dicho precio, las comunidades autónomas clasificarán sus municipios y les asignarán un precio máximo a cada uno en función de la carestía de la vivienda y las dificultades de acceso en esa zona, pero en ningún caso el precio que fijen las autonomías podrá ser inferior o superior en un 15% al fijado por el ministerio.
Igualmente, Fomento baraja na ampliación de 15 a 20 años en el plazo de amortización de las hipotecas vinculadas a viviendas protegidas en todos los casos, lo que permite a los compradores pagar mensualmente una cuota más pequeña.
La Administración elimina la actual subvención sobre el tipo de interés y estrena la modalidad de subsidiar la cuota mensual del préstamo mediante un baremo en función de la renta de las familias y de la modalidad de acceso a la vivienda.
CASO GENERAL
En el caso general de una compra de viviend protegida, pueden optar familias con ingresos de hasta 5,5 millones de pesetas, de acuerdo con su base imponible en el IRPF. La hipoteca puede cubrir hasta el 90% del precio de la casa.
Las viviendas podrán ser de hasta 120 metros cuadrados útiles y el subsidio del Estado oscilará entre el 5% y el 20% de la cuota mensual de la hipoteca.
En concreto, para familias con ingresos inferiores a 2,5 millones el Estado pagaría un 20% de la cuota mensual durante un plazo máximo de 15 años. Si los ingreso oscilan entre 2,5 y 3,5 millones, el subsidio es del 10% de la mensualidad durante un tope de 10 años; si se está entre 3,5 y 4,5 millones, sería un 5% durante 5 años, y cuando los ingresos sean de entre 4,5 y 5,5 millones, no habrá subvención alguna, salvo el acceso a la VPP.
PRIMER ACCESO
El Gobierno también contempla la modalidad del primer acceso a la vivienda, a la que se le otorgan unas condiciones especiales respecto al caso general. Pueden optar a esta modalidad familias con ingresos inferires a 3,5 millones.
Las viviendas no sobrepasarán los 70 metros cuadrados para familias de hasta 4 miembros, y los 90 metros si son unidades de cuatro o más componentes. Para el primer acceso también se distingue entre adquirientes con o sin cuenta ahorro vivienda.
En el primer caso, si los ingresos no llegan a 2,5 millones el Estado subvenciona el 40% de la cuota mensual en los dos primeros años y el 20% durante otros trece, hasta un máximo de 15 años de los 20 de vida de la hipoteca. Cuando la enta familiar esté entre 2,5 y 3,5 millones, el plazo de ayuda se reduce a 10 años, el primero con una aportación pública del 20% de la cuota y los nueve siguientes con un 10%.
Si los compradores tienen cuentas ahorro vivienda, con una antigüedad mínima de dos años, mejoran las condiciones de las ayudas.
En concreto, si la familia con cuenta vivienda acredita ingresos inferiores a 2,5 millones, el subsidio del 40% de la cuota se aplica durante un año más, es decir, tres anualidades, y el del 20% urante los 12 años restantes. Igualmente, para quienes ingresan entre 2,5 y 3,5 millones y tienen este tipo de cuenta, la ayuda máxima del 20% de la cuota que les correspondería se amplia de uno a dos años, y el 10% de ayuda durante ocho años más.
AYUDAS AL ALQUILER
Esta será la única modalidad en la que permanecerán las subvenciones a fondo perdido. En concreto, cuando la promoción de viviendas protegidas para alquilar tenga casas que no superen los 70 metros cuadrados útiles, podrán beneficiarse d una subvención del 15% del precio máximo de venta si las viviendas se hubieran destinado a este fin.
También está previsto fijar una renta máxima de alquiler que será diferente, según la duración del arrendamiento para la que se han construido las viviendas.
Para viviendas en arrendamiento durante 25 años, el préstamo del que se beneficiaría el promotor puede llegar a 25 años, y el subsidio sería del 50% de la cuota de amortización durante cinco años y del 40% en los restantes.
Cuando el pryecto sea para arrendamientos de protección pública a 10 años, el subsidio del crédito pedido para construir las viviendas se limita al 30% de la cuota de amortización en los 5 primeros años, y al 20% en los otros cinco.
PLAZAS DE GARAJE
Otro de los cambios que pretende introducir el Gobierno afecta a la financiación de plazas de garaje y anejos a la vivienda, como trasteros, etc., a los que además se les mejoran las condiciones de financiación.
Como hasta ahora, se podrán obtener ayudas para etas compras, cuando el garaje o anejo estén vinculados a la vivienda tanto en el proyecto como en el registro; pero se amplia del 60% al 90% el porcentaje de su valor que se puede incluir en la hipoteca objeto de ayudas.
(SERVIMEDIA)
13 Nov 1997
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