AUTÓNOMOS

EL PARO DE LOS AUTÓNOMOS DEBERÁ SER "CORTO EN EL TIEMPO Y BAJO EN CUANTÍA" - El Gobierno destaca que no está obligado a implantar el sistema de paro si los autónomos no lo quieren

- Se tomarán medidas para evitar un uso fraudulento y que se encadenen periodos de cotización con los de prestación

MADRID
SERVIMEDIA

El sistema de protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos, equiparable en cierta medida al paro de los asalariados, configurará unas prestaciones que se podrán cobrar durante poco tiempo y cuya cuantía será baja.

Así lo señala el texto del anteproyecto de ley de Estatuto del Trabajo Autónomo, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Servimedia, incluida su Memoria Económica, en la que se detalla cómo ha de ser ese nuevo sistema para los autónomos.

La implantación de ese sistema de protección por cese de actividad se incluye en la Disposición Adicional Cuarta del Estatuto del Autónomo, aunque está condicionada, explica el Gobierno, a que se cumplan varios principios.

El primero es "contributividad", es decir, que los autónomos financien el sistema; el segundo, "solidaridad", de forma que coticen "todos" los afiliados al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social para atender a los que necesiten protección; y "sostenibilidad financiera", con lo que "los ingresos de los autónomos deben financiar en su totalidad el coste de la prestación".

"En el caso de que los autónomos no quisieran contribuir a la financiación del sistema, el Gobierno no estaría obligado a implantarlo", advierte el Ejecutivo.

"La determinación de las causas de cese de la actividad de forma involuntaria al trabajador autónomo (fracaso del negocio) deberá ser clara y objetivable", añade la Memoria Económica del Estatuto del Trabajo Autónomo.

TIEMPO Y CUANTÍA

"El nivel de prestaciones a recibir por el autónomo beneficiario deberá ser corto en tiempo y bajo en cuantía", explica el Ejecutivo, aunque no da ningún tipo de cifra que permita conocer cómo se desarrollará el sistema. En la actualidad, entre los asalariados, se exige un año de cotización, que da derecho a cuatro meses de paro.

En el caso de los autónomos, agrega el Gobierno, "la cotización no será alta y debería relacionarse con la base mínima de cotización al RETA", aunque el trabajador en cuestión cotice por una base superior.

Además, se tomará otra medida, cuando se regule el sistema, para "prevenir contra la utilización fraudulenta de la medida".

Para ello, "el periodo de cotización para tener derecho a la prestación y el periodo de reinicio de una nueva prestación por esta contingencia deberá ser lo suficientemente amplio como para evitar el encadenamiento de cotización-prestación".

El objetivo de este sistema, incide el Gobierno, "es proteger durante un breve periodo de tiempo al autónomo en situación de desempleo originado por el fracaso de su negocio, y que dicho tiempo le sirva para poder volver a ocuparse".

El Gobierno no cuantifica el coste de este sistema, dado que no está concretado el modelo, pero incide en que, "debido a los principios que contempla, se autofinancia", por lo que no generará costes para las arcas públicas.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2006
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