LOS PADRES DE UN ASESINO MENOR DE EDAD DEBERAN INDEMNIZAR A LA HERMANA DE LA VICTIMA
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Los padres de un chico de 13 años que mató de un disparo a un hombre que se encontraba en una piscina deberán indemnizar a la hermana de la víctima, según una sentencia del Tribunal Supremo hecha pública hoy.
De acuerdo con lasentencia, el chico acudió a una piscina de La Bisbal (Gerona), se reunió con otros amigos (cuyos padres fueron también condenados) cogió una escopeta de aire comprimido y disparó contra un hombre, que se encontraba acompañado de su hermana, discapacitada. Tras el crimen, el asesino huyó del lugar, sin pedir ninguna clase de auxilio.
El Alto Tribunal considera que, con su crimen, el chico reveló "unas escasas, por no decir nulas, condiciones para la convivencia social" y responsabiliza a los padres de crimen cometido por el menor.
En este sentido, argumenta que no vigilaron lo suficiente a su hijo, quien "vagaba libremente a su aire" y había manifestado su intención de "cargarse" a la víctima.
"Fuese o viniese de la piscina, una vigilancia somera sobre sus pasos hubiera sido necesario" para evitar el suceso, sostiene el Supremo. En este sentido, señala que "no es fortuito el hecho de tirar con una escopeta de balines hacia una persona a la que se le causó la muerte por un disparo".
De esa manera, el Supremo confirma la sentencia del juzgado de primera instancia de La Bisbal, por la que se condenó a los padres del autor material del disparo y de los otros chicos que lo acompañaron a pagar 10 millones de pesetas a la hermana del asesinado.
La víctima convivía con su hermana, discapacitada física. Además, el fallecido cuidaba de la mujer y "guardaba y labraba las tierras que ella poseía" y que no podía trabajar debido a su minusvalía.
(SERVIMEDIA)
17 Mayo 1999
VBR