PACTO LOCAL (y 2). EL GOBIERNO PROPONE REGULAR UN "RECURSO DE AMPARO DE LA AUTONOMIA LOCAL" ANTE EL CONSTITUCIONAL

- Sólo podrían presentarlo una "mayoría cualificada" de entes y provincias afectadas

- Se reformará la Ley de Bases para introducir la "cuestión de confianza" de alcaldes y presidentes de diputación y cabildos

- Desarrollar lo previsto en el artículo 161.1 apartado d) de la Carta Magna, que dispone que la Constitución conocerá "de las demás materias que le atribuyenla Constitución y las leyes orgánicas".

- Considerar la "garantía institucional" que la Constitución otorga a los entes locales "para justificar la necesidad de establecer una vía de acceso al Tribunal Constitucional para la defensa de la autonomía local".

- "Analizar" el establecimiento de un nuevo recurso con denominación "recurso de amparo de la autonomía local", que no podrá presentar un sólo ente, sino "una fórmula ponderada de población y número de entes" que conformen "una mayoría cualificda de municipios y provincias afectadas".

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno admite en su proyecto de Pacto Locl que no es posible con la actual legislación que los entes locales puedan plantear conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional, una de las reivindicaciones más importantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

En su lugar, propone estudiar la creación de un nuevo "recurso de amparo de la autonomía local" ante el Alto Tribunal, que sólo podrían presentar una mayoría cualificada de entes locales en defensa de sus competencias.

"Se descarta por inapropiada para l buen funcionamiento del sistema", dice el texto al que ha tenido acceso Servimedia, "una solución consistente en el acceso directo generalizado de las entidades locales al Tribunal Constitucional".

En su lugar, el Ejecutivo de José María Aznar propone a los partidos políticos, sujetos de la negociación, una fórmula gradual consistente en:

- Desarrollar lo previsto en el artículo 161.1 apartado d) de la Carta Magna, que dispone que la Constitución conocerá "de las demás materias que le atribuyenla Constitución y las leyes orgánicas".

- Considerar la "garantía institucional" que la Constitución otorga a los entes locales "para justificar la necesidad de establecer una vía de acceso al Tribunal Constitucional para la defensa de la autonomía local".

- "Analizar" el establecimiento de un nuevo recurso con denominación "recurso de amparo de la autonomía local", que no podrá presentar un sólo ente, sino "una fórmula ponderada de población y número de entes" que conformen "una mayoría cualificda de municipios y provincias afectadas".

Esa mayoría cualificada podría ejercer el recurso de amparo de nueva creación "en defensa frente a disposiciones estatales y autonómicas que lesionen de un modo directo a las competencias locales o atenten contra su autonomía".

Además, se incluye una reforma de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local para introducir la moción de confianza de los alcaldes, presidentes de diputación y cabildos. Una cuestión de confianza "vinculada a un proyecto concreto como instrumento de superación en situaciones de rigidez o de bloqueo en el proceso de toma de decisiones" por parte de las corporaciones.

(SERVIMEDIA)
05 Jun 1997
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