ORGANISMOS INDEPENDIENTES CERTIFICARAN LA CALIDAD DELOS PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTICIOS
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Organismos independientes, que deberán contar con la autorización previa de las comunidades autónomas, certificarán la calidad y características técnicas de los productos agrícolas y alimenticios, según un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
Estos organismos figurarán en un registro informativo elaborado por el Ministerio e Agricultura, donde también constarán los productores que utilicen un nombre registrado, la mención y el símbolo comunitario.
El real decreto establece las normas internas de aplicación de los reglamentos comunitarios sobre certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios.
Las agrupaciones de productores y transformadores deberán solicitar al órgano competente de la comunidad autónoma el registro de las certificaciones que otorguen los organismos indepenientes de control. La comunidad se lo comunicará a su vez a Agricultura y éste a la Comisión Europea, para su aprobación.
Asimismo, será obligatorio indicar en el etiquetado del producto el nombre del organismo independiente de control o el servicio de control designado que certifique la conformidad del producto con el pliego de condiciones registrado.
(SERVIMEDIA)
27 Sep 2002
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