LA OMIC DE TORREJON DETECTA IRREGULARIDADES EN LA MITAD DE LAS AGENCIAS DE PROPIEDAD INMOBILIARIA
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La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ha realizado una campaña de inspección de agencias de propiedad inmobiliaria, cuyo resultado revela la situación ilegal de buena parte de las empresas dedicadas a la compraventa de pisos de segunda mano.
os técnicos municipales visitaron 10 compañías, de las que 7 presentan al frente de las mismas a un agente titulado o cuentan con un contrato de prestación de servicios con una persona autorizada para ejercer la actividad comercial.
En cuatro empresas se observó que el agente vendía con sobreprecio, es decir, cobraba una cantidad por su gestión que en ocasiones era muy superior al 5 por ciento que establece la ley, según el valor del piso fijado por el vendedor.
Tan sólo una de las agencias inspecionadas se acogía a la normativa vigente e incluso aplicaba porcentajes inferiores a los marcados por la ley.
Esta infraccción permite conseguir unos honorarios que, en algunos casos, podrían alcanzar hasta el millón de pesetas, lo que supone un incremento notable en el precio final de la vivienda con respecto a la nota de encargo que el vendedor firma con la agencia intermediaria.
La OMIC de Torrejón advirtió al usuario sobre las infracciones más denunciadas que afectan directamente al futuro cmprador de una vivienda de segunda mano, entre las que destaca la llamada "señal" que el comprador adelanta como cantidad a cuenta, y que es objeto de constantes abusos por parte de determinadas agencias.
APROPIACIONES INDEBIDAS
En cinco de ellas fueron descubiertas anomalías en el recibo que se facilita al comprador, como el caso de apropiaciones indebidas de la fianza por la empresa intermediaria en el supuesto de que la operación no llegue a formalizarse.
En este aspecto, la OMIC ha comprobao que sólo una agencia cumple escrupulosamente con lo establecido en el artículo 1.454 del Código Civil, que dice textualmente: "Si hubo mediado arras o señal en el contrato de compraventa, podrá rescindirse el mismo allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas".
En uno de los casos inspeccionados, una agencia suscribió contratos de compraventa con el vendedor y solicitó un poder notarial con el fin de escriturar la vivienda a nombre de un tercero, que la empresa intermeiaria determinó en su momento.
Como contraste a esta situación de fraude e ilegalidad contra el usuario, la OMIC aprobó la actuación de cinco agencias, cuyo serficio fue calificado de útil y necesario.
El Ayuntamiento de Torrejón propondrá a la Subdirección de Protección al Consumidor de la Comunidad de Madrid la imposición de sanciones, según los casos, que podrán oscilar entre 150.000 y 2.500.000 pesetas.
(SERVIMEDIA)
16 Jul 1992
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