LA OIT INCLUIRA LA DISCAPACIDAD ENTRE LOS MOTIVOS DE DISCRIMINACION LABORAL QU DEBEN PERSEGUIRSE
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La Organización Internacional del Trabajo (OIT) incluirá la discapacidad entre los criterios sobre los que debe prohibirse la discriminación laboral y se incorporará al listado antidiscriminación de la Convención 111 de esta organización, según informaron fuentes de la OIT.
La Convención 111 exige a los Estados que la ratifiquen que adopten medidas para evitar la discriminación laboral por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión políitca,ascendencia nacional y origen social.
El Comité Ejecutivo de este organismo, reunido hasta el día 14 en Ginebra, estudia las propuestas para la 90ª Sesión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se celebrará en el 2002, y entre las que se encuentra la ampliación del listado antidiscriminación de dicha convención.
Tras la modificación propuesta, el listado inclurirá los criterios de afiliación sindical, condición matrimonial, edad, estado de salud, idioma, inclinaciones sexuales, discapacdad, nacionalidad, posición económica y responsabilidades familiares.
El informe de la comisión justificaba la inclusión de criterios adicionales antidiscriminatorios en el incremento del éstos tanto en las legislaciones nacionales como en las internacionales.
(SERVIMEDIA)
09 Nov 1999
EBJ