OCU DENUNCIA HASTA 18 CLAUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS DE ADHESION DE BANCOS Y CAJAS
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Estas cláusulas, ilegales según la Ley General de Contratación, persisten sin embargo en la mayoría de los impresos que las entidades ofrecen a los usuarios para que los firmen, lo que levanta en la OCU críticas al Banco de España por su "escaso o nulo control", según señala en un counicado.
La asociación requerirá de inmediato a todas las entidades que eliminen esas cláusulas de los contratos, y en caso de no ser atendida su petición, inciará las pertinentes actuaciones judiciales para que sean declaradas abusivas y, por lo tanto, ilegales y nulas.
Las cláusulas abusivas más frecuentes, a juicio de la OCU, son someter a las partes a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la capital de la provincia. En caso de procedimiento judicial, todos los gastos y costas juiciales serán de cuenta de los demandados, pero sólo cuando el demandado sea el cliente.
También, que el banco no responde de los perjuicios que puedan resultar del extravío, sustracción o manipulación de los cheques, o que el banco permanecerá ajeno a las incidencias y responsabilidades que puedan derivarse de la operación realizada entre el establecimiento y el titular de la tarjeta.
En los contratos de préstamos es habitual una cláusula de vencimiento anticipado, por la que el banco o cajapuede exigir la devolución de la totalidad de la deuda antes de plazo si se cumplen determinadas circunstancias.
Una de ellas suele ser el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se contraen en el contrato, incluso las accesorias (que no se especifican), y otra cuando se produzca el embargo de bienes del prestatario o resulte disminuida la solvencia por cualquier causa.
(SERVIMEDIA)
07 Jul 2000
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