LAS OBRAS CON DECLARACION DE URGENCIA TAMBIEN DEBERAN SOMETERSE A EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
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La Secretaría de Estado de Medio de Ambiente pretende ampliar la oblitariedad de la evaluación de impacto ambiental a aquellas obras a las que el Gobierno otorgue la declaraciónd de urgencia, según inormaron a Servimedia fuentes del citado departamento.
La normativa actual permite que estas obras no tengan que someterse a la declaración de impacto, lo cual motiva a menudo las protestas y críticas de los sectores conservacionistas.
El Ejecutivo concede a menudo la declaración de urgencia a infraestructuras hidráulicas que considera imprescindibles para garantizar el abastecimiento en épocas de sequía, como ocurrió el año pasado con la conducción que une los embalses de Picadas y Valmayor, y qu contó con la oposición de las organizaciones ecologistas por el impacto ambiental que ocasionó.
La intención de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, es que este tipo de actuaciones también se sometan a un estudio de impacto para determinar el daño que pueden ocasionar a los ecosistemas e introducir las medidas correctoras necesarias.
Sin embargo, los trámites necesarios para la elaboración de las declaraciones de impacto deberán reducirse para que no retrasen la ejecución de las obras que e realizan por la vía de urgencia.
Esta nueva ampliación del tipo de actuaciones que deben someterse a evaluación de impacto ambiental obligaría a todas las obras contempladas en el Plan Hidrológico Nacional a pasar por este "filtro".
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1994
GJA