OBIANG. LA FISCALIA SE OPONE A TRAMITAR UNA DENUNCIA POR TERRORISMO CONTRA EL PRESIDENTE GUINEANO
- Dice que lo hechos que se relatan no constituyen un delitode terrorismo y apela a la inmunidad de un jefe de Estado
- Aprovecha su escrito para destacar la soberanía de los Estados para juzgar sus propios asuntos
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional decidió hoy rechazar a trámite la denuncia presentada por Severo Moto y un grupo de ciudadanos guineanos contra el máximo dirigente de ese país, Teodoro Obiang Nguema, al que acusaron de un delito continuado de terrorismo.
En su escrito, la fiscalía niega que los echos recogidos en el escrito de denuncia puedan enmarcarse en el delito de terrorismo, y asegura que, en caso de que se trata de asesinatos, detenciones ilegales, coacciones o amenazas, estos hechos no serían perseguibles por la Justicia española al haberse realizado en un territorio que no es el español.
En la denuncia contra Obiang se relatan varios asesinatos y torturas cometidos supuestamente por los militares que dependían directamente del presidente, y se asegura que estas actuaciones "no son hchos aislados", sino que se trata de "un proceder criminal, sistemáticamente planificado y ejecutado con la finalidad de perpetuarse en el poder, por parte de aquellos que lo ostentan desde el año 1979".
La fiscalía niega que los hechos relatados constituyan un delito de terrorismo perseguible por las autoridades españoles, pero recuerda que los "delitos de asesinato, detención ilegal, coacciones y amenazas no son, por el momento, objeto de tratado o convenio internacional que encomiende a las autoriddes judiciales españolas su persecución penal".
SOBERANIA
La fiscalía aprovecha este escrito para recordar los principios de soberanía de los países firmantes de la Carta de Naciones Unidas y cómo otro país no puede entrometerse judicialmente en asuntos de otro. "La jurisdicción se ejerce en cada nación de acuerdo con el principio relevante de territorialidad, es decir, que los delitos deben ser juzgados en el país del lugar donde se cometieron los hechos criminales".
Asimismo, la fiscalía va m allá y asegura que será en los casos en los que un país no cumpla estos tratados internacionales cuando se pueda entrar a juzgar determinados casos, que, no obstante, deberán ser tratados por la "jurisdicción superior a todos los Estados (...) pero sin que ninguno de los Estados miembros pueda ejercer su jurisdicción en defecto, o sobre, la jurisdicción territorial prevalente".
Concluye el informe que sólo si se estima que el Estado incumple las obligaciones que tomó entrando a formar parte de organimos internacionales, se podrá entrar a enjuiciar determinados hechos, "pero siempre desde la instancia superior judicial -Tribunal Internacional de Justicia-, no desde iguales peldaños".
Por último, el fiscal señala que, en caso de que el juez Baltasar Garzón, encargado de este caso, decidiera aceptar la denuncia contra Obiang, en todo caso debiera ser el Tribunal Supremo el que instruyera este sumario, al tratarse de un jefe de Estado.
Ahora, el juez Garzón deberá decidir en los próximos días sisigue la opinión del fiscal y rechaza la denuncia contra Obiang o, por el contrario, la admite y comienza a investigar al dirigente guineano.
(SERVIMEDIA)
30 Nov 1998
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