EL NUEVO LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES REDUCIRÁ LOS LITIGIOS DE LOS TRABAJADORES ANTE LOS TRIBUNALES
- La modificación de enfermedades profesionales corresponderá al Ministerio de Trabajo
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La actualización del listado de enfermedades profesionales que recoge el Real Decreto 1299/06 de 10 de noviembre evitará a muchos trabajadores tener que acudir a los tribunales para litigar sobre problemas de salud derivados del trabajo, según dijo hoy el secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado.
Granado, que hizo esta afirmación durante una jornada informativa celebrada hoy en el Ministerio de Trabajo y Asuntos, comentó que la nueva normativa "va a suponer un incremento de costes para el Sistema de Seguridad Social y, durante la primeras semanas, presentará dificultades para su aplicación".
El secretario de Estado de Seguridad Social resaltó que el Real Decreto es la manifestación de una buena interlocución entre sindicatos, mutuas laborales y organizaciones empresariales por un lado, y entre los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y Sanidad y Consumo, por otro.
Para el director general de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo, Manuel Oñorbe "la modificación del calificativo de enfermedades profesionales corresponderá al Ministerio de Trabajo, pero siempre con la elaboración de un informe previo desde el Ministerio de Sanidad".
Las principales novedades que presenta el Real Decreto, que entrará en vigor el 1 de enero, son la adecuación de la lista de enfermedades profesionales vigente desde hace veintiocho años a la realidad productiva actual, y la modificación del sistema de notificación y registro de esas enfermedades para evitar su infradeclaración.
Los sindicatos se felicitan por el nuevo listado de enfermedades profesionales porque "se pone fin así a una tremenda injusticia, pues el no reconocimiento causaba sufrimiento para los trabajadores", según afirmó el secretario confederal de Salud Laboral de CCOO, Joaquín Nieto.
Desde UGT, su secretaria confederal de Salud Laboral, Dolors Hernández cree que, "aunque el papel del Sistema Nacional de Salud es importante, sería necesaria la presencia de las Comunidades Autónomas en este ámbito".
Hernández consideró, además, como positivo que, a partir de ahora, la elaboración y tramitación de los partes de enfermedad profesional corresponda a las entidades gestoras y a las mutuas, y que las empresas deban facilitar la información que obre en su poder y le sea requerida.
Para las mutuas, representadas por el médico especialista en medicina del trabajo de Fremap, Antonio Delgado, con la nueva normativa "se redefinen enfermedades relacionadas con el frío y con la voz, que no recogía el Real Decreto de 1978".
Delgado cree, además, que "las bases ya están establecidas, y a todas las partes nos toca ahora aprender para aplicarlas correctamente".
(SERVIMEDIA)
04 Dic 2006
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