NUEVA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO A FAVOR DE LAS CAMARAS DE COMERCIO
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El Tribunal Supremo ha vuelto a confirmar en una nueva sentencia la legalidad de las cuotas establecidas para el mantenimiento de las Cámaras de Comercio, segúninformó hoy el Consejo Superior de Cámaras.
En esta ocasión la empresa que presentó la demanda fue Larios y de nuevo el más alto tribunal ha negado sus argumentos, que equiparaban a las Cámaras a otro tipo de asociaciones. Su sentencia crea jurisprudencia.
El Consejo Superior de Cámaras en un comunicado desautorizó "aquellas voces que están incitando a la desobediencia legal del pago de las cuotas de las Cámaras".
Según este organismo, las empresas que recurran se verán obligadas no sólo a pgar una cantidad bastante superior a la cuota, como el coste del aval y los intereses de demora, sino también los gastos judiciales correspondientes.
El Tribunal Supremo ha reiterado que las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación son corporaciones de derecho público, con posibilidad de ostentar competencias de Administración pública, bien por atribución legal o delegación administrativa, por lo que quedan claramente distinguidas de las simples asociaciones.
(SERVIMEDIA)
23 Nov 1992
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