NUEVA SENTENCIA A FAVOR DE EGEDA EN EL CONFLICTO CON LOS HOTELES
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La Audiencia Provincial de Alava ha fallado a favor de la Entidad de Gestión de Derechos de Productores Audivisiales (EGEDA) en el recurso interpuesto por el Hotel Gasteiz contra la sentencia que le condenaba, en primera instancia, a pagar los derecos que la Ley de Propiedad Intelectual reconoce a los productores audiovisuales.
La sentencia rechaza todas las alegaciones del Hotel Gasteiz y afirma que EGEDA deberá ser indemnizada por el tiempo transcurrido sin haber recibido los derechos que le corresponden, según informó hoy esta entidad de gestión.
El establecimento hotelero deberá pagar el canon por retransmisión de las obras y grabaciones audiovisuales contenidas en las emisiones de televisión que se realizan en los aparatos instalados e sus habitaciones.
La sentencia reconoce también que EGEDA, como entidad de gestión, está legitimada para representar a los productores audiovisuales. Por tanto, es la que debe autorizar a los hoteles en cualquier actividad de comunicación pública.
El dictamen reconce que se produce comunicación pública cuando un hotel retransmite obras audiovisuales a través de los televisores instaldos en sus habitaciones. Para ello, se basa en la jurisprudencia contenida en dos sentencias del Tribunal Supremo. En dichas sentencias, el Alto Tribunal establece que comunicación pública es la retransmisión que se produce a través de los apartos de televisión instalados en los hoteles. Esta actividad necesita la correspondiente autorización por parte de los propietarios de los derechos, en este caso, los productores audiovisuales.
(SERVIMEDIA)
24 Jun 1999
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