NUCLEARES. UN EX COLABORADOR DE TOCINO CUESTIONA LA LEGALIDAD DEL ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS NUCLEARES EN LAS CENTRALES

- Enrique Alonso asegura que el almacenamiento de residuos requiere licencia municipal para esta actividad

MADRID
SERVIMEDIA

Enrique Alonso, ex director general de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente hasta hace unas semanas y jurista experto en Derecho Constitucional y Ambiental, mantiene que a construcción de almacenamientos de residuos radiactivos debe ir precedida de la correspondiente licencia urbanística y ambiental de los ayuntamientos.

Alonso, que es letrado del Consejo de Estado y profesor titular de Derecho Constitucional, elaboró para la Asociación de Municipios Afectados por Centrales Nucleares (AMAC) un informe sobre la legalidad de los almacenamientos de residuos radiactivos, unos meses antes de ser designado director general de Conservación de la Naturaleza.

El informe, l que ha tenido acceso Servimedia, señala que "toda construcción de una central nuclear, o sus modificaciones, necesitan la licencia urbanística y ambiental de los entes locales".

Asimismo, aclara que "difícilmente" puede entenderse que las licencias de actividades y urbanísticas otorgadas a las centrales nucleares cuando comenzaron a operar autorizaban el uso del suelo para almacenar residuos radiactivos, ya que se ceñían a la actividad que realizan estas instalaciones como generadoras de energía.

Sin embargo, en la actualidad todas las centrales almacenan dentro del cajón del reactor nuclear los residuos de alta actividad, y una de ellas, la de Trillo, ha logrado autorización del Gobierno para construir un almacenamiento fuera del edificio de contención, tras denegar la Corporación Municipal la preceptiva licencia de obras.

El informe de Enrique Alonso mantiene que al no estar incluido el uso de almacenamiento en los permisos de estas instalaciones, los municipios no pueden otorgar la licenca para autorizar esta actividad sin una previa revisión de los planes urbanísticos.

Alonso concluye que la revisión de los planes que excluyen el uso del suelo para almacenar residuos la deben realizar los propios ayuntamientos o, en su caso, el Consejo de Ministros.

Las tesis del ex director general del Ministerio de Medio Ambiente cuestionan la legalidad de las actividades de almacenamiento de residuos radiactivos que realizan todas las centrales.

Además, aunque admite que la cuestión es jrídicamente "debatible" y reconoce que el Estado puede modificar los planes urbanísticos que excluyen el uso del suelo para almacenar residuos nucleares, considera que el Estado debería buscar el consenso con el resto de Administraciones en esta materia.

"En este sentido", explica Alonso, "si bien la autonomía local del artículo 137 de la Constitución no permite el bloqueo de competencias estatales, tampoco puede el Estado libremente desconocerla (en especial la urbanística) ni apreciar descrecionalmete el interés público".

El jurista recuerda que incluso podría discutirse si existe "una convención constitucional incipiente que obligara al Estado y a las comunidades autónomas y municipios a intentar negociar de buena fé el emplazamiento de los residuos radiactivos con la inclusión de todos los factores necesarios, incluidas las compensaciones socio-económicas".

(SERVIMEDIA)
27 Oct 1999
GJA