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MADRID
SERVIMEDIA

El fiscal general del Estado, Leopoldo Torres, dijo hoy que, desde la redacción de la Constitución de 1978, el ministerio fiscal es "una institución del Estado democrático de Derecho y en manera alguna un mero órgano subordinado al Ejecutivo".

Torres ofreció una conferencia en el Cub Siglo XXI bajo el título "El ministerio fiscal en el Estado social y democrático de derecho", en la que analizó la naturaleza, principio y funciones de esta institución.

Para el fiscal general del Estado, la Constitución reveló "una voluntad resuelta" de cambiar la naturaleza del ministerio fiscal, tal y como se contemplaba en la ley Orgánica del Poder Judicial de 1870, en la que se especificaba que la institución "representa al Gobierno en sus relaciones con el Poder Judicial" y que el fiscal se hlla "bajo la inmediata dependencia del ministro de Justicia".

A su juicio, la Carta Magna otorgó al ministerio público un tratamiento "más acorde con el tiempo y la mentalidad de la sociedad española" y alcanzó un rango de institución estatal, ya que "actúa con fuerza propia para alcanzar sus fines, porque se rige por reglas propias de actuación", aunque sometida al Derecho, a la Constitución y al ordenamiento jurídico.

Sin embargo, destacó que esa independencia no es óbice para que Gobierno y miisterio fiscal se relacionen y colaboren, de forma que, tal y como se le atribuye en el Estatuto Orgánico de 1981, el Ejecutivo pueda "interesar determinadas actuaciones del fiscal, en tanto le corresponde en exclusiva la responsabilidad de definir la política criminal y de interpretar políticamente y fijar un orden de prelación respecto de los intereses generales".

Con respecto a las funciones que el fiscal debe ejercer, destacó la necesidad de que éste deje de ser "ese acusador implacable por excelecia".

"Es obligación de todos conseguir ese cambio de óptica, pero no por una mera operación de imagen, sino porque sepamos todos los días esforzarnos en encontrar la forma de servir a ese interés social y hacer frente en el marco de la legalidad a los problemas reales de los ciudadanos en la consecución del valor Justicia".

Resaltó asimismo que el texto constitucional configuró al fiscal como defensor de los derechos del ciudadano, "principalmente de quienes más necesitados están de protección". "La construcción de una democracia social avanzada nos obliga a defender a la sociedad frente a quienes incumplen las normas de convivencia establecidas, a velar por los derechos del delincuente, a proteger a la víctima del delito y a tutelar al incapaz, pero también a amparar el derecho a la salud, a la vivienda digna, al trabajo, a la seguridad social, al medio ambiente, ancianos, mujeres, menores... y a darnos por aludidos en el compromiso de respetar esos principios"

(SERVIMEDIA)
03 Feb 1992
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