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LA NORMA POR LA QUE EL ESTADO AVALA EL DÉFICIT DE TARIFA ELÉCTRICA Y CREA EL BONO SOCIAL ENTRA HOY EN VIGOR

MADRID
SERVIMEDIA

El Real Decreto-Ley con el que el Gobierno busca solución al déficit de tarifa eléctrica e introduce el llamado bono social, para los usuarios con consumos más reducidos, entra hoy jueves en vigor, con su publicación en el Boletín oficial del Estado (BOE).

Para garantizar la financiación de la deuda actual (que ronda los 14.000 millones de euros), los derechos de cobro se cederán a un fondo de titulización de nueva creación.

El Estado avalará durante 2009 hasta un máximo de 10.000 millones de euros los valores que emita dicho fondo relativos a los déficit tarifarios reconocidos y pendientes de cesión a terceros.

El activo del fondo de titulización estará constituido también por los derechos de cobro a que dé lugar la financiación de los déficits generados desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2012, cuyas características, así como precio y condiciones de cesión, se establecerán por real decreto.

A partir del 1 de enero de 2013, los peajes de acceso serán suficientes para satisfacer la totalidad de los costes de las actividades reguladas sin que pueda aparecer déficit ex ante.

Hasta el 1 de enero de 2013, las disposiciones por las que se aprueben los peajes de acceso reconocerán de forma expresa los déficit de ingresos que, en su caso, se estime que puedan producirse en las liquidaciones de las actividades reguladas en el sector eléctrico.

No obstante, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, el déficit de ingresos en las liquidaciones de las actividades reguladas del sector eléctrico no será superior a 3.500 millones de euros, 3.000 millones de euros, 2.000 millones de euros y 1.000 millones de euros, respectivamente.

BONO SOCIAL

A través de esta norma, publicada hoy en el BOE, se crea, asimismo, un bono social para determinados consumidores de electricidad acogidos a la tarifa de último recurso (TUR) que cumplan con las "características sociales, de consumo y poder adquisitivo" que se determinen por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio.

A estos efectos, se establecerá un umbral referenciado a un indicador de renta per cápita familiar. En todo caso, se circunscribirá a personas físicas en su vivienda habitual.

El bono social se configura como una protección adicional del derecho al suministro de electricidad. Cubrirá la diferencia entre el valor de la TUR y un valor de referencia, que se denominará tarifa reducida.

El bono social será aplicado por el correspondiente comercializador de último recurso en las facturas, según las condiciones que determine el Ministerio. La financiación de este bono social será compartida por las empresas titulares de instalaciones de generación del sistema eléctrico.

El ministro de Industria, Turismo y Comercio podrá exonerar a determinados titulares de instalaciones de generación del sistema eléctrico de la obligación de contribuir a la financiación del bono social, cuando (y mientras) su volumen de negocios a escala nacional se sitúe por debajo de un umbral preestablecido por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 2009
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