MURCIA APRUEBA EL DECRETO REGIONAL QUE DESARROLLA LA LEY DE PREVENCIÓN DEL TABAQUISMO
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El Consejo de Gobierno murciano aprobó hoy el Decreto que desarrolla en la comunidad la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
El decreto incluye una serie de novedades como la definición de espacios al aire libre, con la que "pretende aclarar" la aplicación de la norma básica del Estado, según reza textualmente el acuerdo.
Así, se fija la superficie útil destinada a clientes y visitantes, señalando como tal todo el espacio del establecimiento comprendido entre tabiques, muros o cerramientos, incluyendo la superficie ocupada por máquinas de juego, tragaperras o de tabacos, y excluyendo de la misma la zona ocupada por la barra, cocina, oficina y almacenes de uso exclusivo para trabajadores o empleados.
También las zonas habilitadas para fumar, donde el Decreto concreta que la separación física "se realizará mediante separación estructural con material sólido, de suelo a techo y con puerta de acceso, que garantice que el humo contaminante del tabaco no afecta a la zona destinada a los no fumadores"; además, se especifican las características que deben tener los sistemas de ventilación previstos en la ley nacional.
El texto legal también señala que la Comunidad impulsará medidas de promoción de la salud, prevención del tabaquismo y deshabituación. Igualmente establece un régimen sancionador que concreta las cuestiones relativas a procedimiento, a la graduación de las sanciones y a la determinación de los órganos competentes para la imposición de las sanciones.
(SERVIMEDIA)
11 Jul 2008
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