MULTAS DE HASTA 1.000 EUROS PARA QUIEN VEA UN INCENDIO Y NO AVISE INMEDIATAMENTE A LAS AUTORIDADES
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La nueva Ley de Montes, cuyo anteproyecto ya tiene el visto bueno del Consejo Nacional de Montes, multará hasta con 1.000 euros a los ciudadanos que vean un incendio forestal y no avisen inmediatamente a las autoridades.
Así consta en el artículo 45 del anteproyecto de Ley de Montes y Aprovechamientos Forestales, al que tuvoacceso Servimedia, en el que se afirma que "toda persona que advierta la existencia o iniciación de un incendio forestal estará obligada a avisar a la autoridad competente o a los servicios de emergencia y, en su caso, a colaborar, dentro de sus posibilidades, en la extinción del incendio".
De no cumplir esta obligación, el ciudadano incurrirá en una falta cuya gravedad quedará fijada por cada comunidad autonóma. Según aseguraron a esta agencia fuentes de la elaboración del anteproyecto la falta será onsiderada como leve, con lo que la multa oscilará entre 100 y 1.000 euros.
Además de esta novedad, la nueva normativa incorpora las figuras de la certificación y el mecenazgo forestal y crea un fondo de compensación de incendios forestales.
También reconoce a los titulares de explotaciones de bosque el derecho a recibir incentivos mediante subvenciones o inversiones directas, dado que dos terceras partes del territorio forestal son de carácter privado.
Por último, se instituye la figura de ecenazgo forestal, con reducciones en el Impuesto de Sociedades o IRPF, para las donaciones a administraciones públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan por objeto la gestión forestal sostenible.
(SERVIMEDIA)
02 Mar 2003
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