EL MOPTMA REGULA CON DOS DECRETOS EL "TRUNKING" Y EL ALQUILER DE CIRCUITOS
- Retevisión recibe permiso para operar en el alquiler de circuitos a través de Optel S.A.
- El "trunking" lo podrán prestar terceros ajenos al grupo empresarial que lo contrato previo permiso oficial
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente (MOPTMA) tiene listos los dos decretos que regularán los servicios e "trunking" (circuitos cerrados de telefonía) y los de alquiler de circuitos de telecomunicaciones. Ambos textos, a los que ha tenido acceso Servimedia, cierran el capítulo de medidas comprometidas por el presidente del Gobierno, Felipe González, para acelerar la liberalización de las telecomunicaciones en España.
Los dos textos legales han sido entregados a los miembros de la Comisión Permanente del Consejo Asesor de Telecomunicaciones, que emitirá mañana su dictamen para remitirlos después al Conseo de Estado y posteriormente al Consejo de Ministros, por lo que podrían estar aprobados en pocas semanas.
El decreto sobre alquiler de circuitos elaborado por el equipo de José Borrell y la secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado, otorga el título habilitante para operar en este negocio a Retevisión, recientemente constituida como Sociedad Anónima y capacitada para explotar la red excendentaria de telecomunicaciones de Correos a través de la sociedad conjunta Optel.
Según han señalad a Servimedia fuentes solventes, este real decreto es un paso más en la estrategia marcada por el ministro José Borrell para convertir progresivamente a Retevisión en el segundo gran operador de red y de servicios en competencia con Telefónica a partir de la plena liberalización de 1998.
Por su parte, el propio ministro señaló hoy que "sin duda, Retevisión será un segundo operador, puede que incluso haya más en 1998, y naturalmente que necesitará de capital privado para financiar su proyecto lo que pude derivar incluso en la privatización total de esta sociedad".
Los operadores que alquilen circuitos para ofrecer servicios en competencia deberán informar a la administración de sus cuentas anuales relativas a este negocio, las infraestructuras que está utilizando en arriendo y dispondrá de capacidad de intervención en casos de impago de facturas llegando incluso al corte del servicio previo aviso de 10 días.
CONTROL DE TARIFAS
Las tarifas de estos servicios seguirán estando sujetas a la deciión del MOPTMA, que regulará cada año los precios teniendo en cuenta los costes incurridos en la actividad y no lo que se hace con el circuito alquilado. En todos los casos, habrá una cuota inicial y otra periódica de abono, que variará según las distancias, condiciones técnicas, capacidad contratada y duración del contrato.
También queda a la libre voluntad de las partes la posibilidad de los operadores de interconectar sus redes para dotar servicios a través del circuito más amplios, delegando en laAdministración con intervención vinculante, cualquier conflicto que pueda surgir.
El decreto de "trunking" permitirá liberalizar servicios de telefonía de voz, hasta ahora exclusiva de Telefónica, siempre que se realice en un circuito o grupo cerrado de usuarios, entendiendo por tales desde las personas que utilizan el servicio a modo de autoprestación hasta empresas o compañías que deseen disponer de un servicio privado de telefonía de voz en su ámbito profesional restringido.
Entre los aspectosintroducidos por el decreto figura la posibilidad de que un tercero preste el servicio de "trunking" a la compañía que lo contrata siempre que sus redes privadas no estén conectadas a la red básica pública, y previa concesión por la administración del título habilitante para hacerlo. Podrán dar estos servicios quienes ya dispongan del permiso oficial para la conmutación de datos por paquetes o circuitos, previa comunicación al MOPTMA.
TODOS IGUALES
También introduce una disposición transitoria únicaen la que fija las condiciones de competencia con Telefónica, obligada en el plazo de seis meses ha solicitar la transformación del titulo habilitante que ahora tiene por la que se concederá al resto de operadoras que deseen entrar en el negocio.
Borrell permitirá a Telefónica seguir prestando estos servicios sin necesidad de crear una filial sólo para ello, pero asumirá la obligación de comunicar al ministerio una separación contable del negocio, detallando incluso los activos, tanto del servicio básco como del alquilñer de circuitos que tiene adscritos a este tipo de actividad en "núcleos cerrados" de usuarios.
Además, todas aquellas infraestructuras del servicio telefónico básico que Telefónica emplee en la telefonía vocal de "núcleos derrados" deberán ponerse a disposición deberá ponerlos a disposición del resto de competidores con las condiciones y tarifas que se establezcan.
(SERVIMEDIA)
17 Mayo 1995
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