ANDALUCIA

LOS MENORES HOSPITALIZADOS TENDRAN DERECHO A HABITACIONES INDIVIDUALES Y ACOMPAÑAMIENTO CONTINUO

- Deberán ser respetadas sus creencias religiosas y la de sus familias

SEVILLA
SERVIMEDIA

La Junta de Andalucía garantizará a los menores de 14 años que tengan que permanecer ingresados en un hospital el uso de una habitación individual para preservar su derecho a la intimidad. Así se recoge en un decreto que regula la atención sanitaria a la infancia, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno andaluz.

Para hacer posible el cumplimiento de esta norma, la Consejería de Salud invertirá durante los próximos tres años un total de 11 millones de euros en la renovación de las áreas de Pediatría de 30 hospitales.

Los menores también tendrán derecho a estar acompañados permanentemente por un familiar (que se beneficiará del servicio de comidas del hospital), por lo que las habitaciones deberán contar con el mobiliario adecuado. De igual modo, se determina la máxima flexibilidad en el régimen de visitas, con el fin de facilitar el contacto permanente de los niños con las personas de su entorno.

Además de estas previsiones, el decreto garantiza la puesta a disposición del servicio denominado hoteles de madre para aquellas mujeres residentes en una localidad distinta a la del hospital cuando hayan recibido el alta tras dar a luz y el recién nacido continúe ingresado. La creación de estas estancias se dirige a fomentar la práctica de la lactancia materna.

En líneas generales, según informó la Junta en una nota, los centros hospitalarios andaluces adecuarán sus instalaciones para favorecer el vínculo de la madre con el recién nacido y evitar la separación en el posparto.

La norma aprobada también incluye disposiciones para que las áreas pediátricas de los hospitales cuenten con una decoración, ambientación y luminosidad adecuadas a la infancia, además de reconocer el derecho de los menores a utilizar sus propios juguetes y objetos personales.

Asimismo, los hospitales deberán poner a disposición de los menores ingresados espacios al aire libre, salas lúdico-pedagógicas y ciber-aulas.

RESPETO A LAS CREENCIAS

Por otro lado, los profesionales sanitarios estarán obligados a respetar la libertad del menor y sus familiares de profesar cualquier religión o creencia, así como sus valores éticos y culturales siempre que no pongan en peligro su propia vida o la salud pública.

En esta línea, el decreto incluye entre las funciones de los trabajadores de los centros hospitalarios la de proteger a los menores ante la sospecha o detección de casos de malos tratos, abusos y cualquier práctica cultural o tradicional que perjudique su integridad, con especial referencia a la mutilación genital femenina.

En lo referente al derecho a la intimidad, se establece que la captación de imágenes de menores de edad en un centro sanitario deberá en todo momento evitar su identificación y respetar su dignidad. Las imágenes sólo se tomarán previo consentimiento del menor y de sus padres o tutores, con las autorizaciones legales correspondientes.

DERECHO A LA INFORMACION

El conjunto de derechos regulados se completa con los relativos a la información y el otorgamiento del consentimiento informado.

De este modo, se reconoce el derecho del menor a conocer toda la información disponible sobre su salud en términos adecuados a su edad, desarrollo mental, madurez y estado afectivo y psicológico, si bien los datos pueden restringirse excepcionalmente por criterio facultativo y de acuerdo con la opinión de los padres.

La opinión de los niños mayores de 12 años será tenida en cuenta antes de que los padres o tutores otorguen el consentimiento al tratamiento propuesto. Por su parte, los mayores de 16 años podrán otorgar su propio consentimiento.

Finalmente, el decreto refuerza otra serie de derechos ya regulados, como los relativos al sistema de identificación de recién nacidos en presencia de testigos o la asistencia después de recibir el alta médica.

Para canalizar el asesoramiento a la Administración sanitaria sobre asuntos relacionados con la atención sanitaria a la infancia, se crea el Consejo de Salud para las Personas Menores de Edad.

Este órgano consultivo, adscrito a la Consejería de Salud, se encargará de velar por los derechos y objetivos recogidos en el decreto y de realizar propuestas para la mejora de los servicios sanitarios en este ámbito.

(SERVIMEDIA)
01 Nov 2005
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