TALLAS

LOS MÉDICOS RESIDENTES SÓLO PODRÁN SALTARSE EL DESCANSO DE 12 HORAS ENTRE JORNADAS POR SITUACIONES DE EMERGENCIA

- El Gobierno aprueba un real decreto que clasifica las especialidades en ciencias de la salud

MADRID
SERVIMEDIA

Los médicos internos residentes tendrán que hacer un descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas, salvo en situaciones de emergencia.

Así lo establece un real decreto que aprobó hoy el Consejo de Ministros y que determina y clasifica las especialidades en ciencias de la salud y desarrolla determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

El objetivo de la norma es sistematizar, ordenar y clasificar las especialidades actualmente existentes en ciencias de la salud, unificando la regulación anterior, dispersa en cinco reales decretos distintos.

Además, aborda la estructura formativa del sistema de formación especializada en régimen de residencia, tomando muy en cuenta los intereses del propio colectivo de residentes.

Mediante una disposición final que modifica parcialmente el anterior real decreto de relación laboral, la nueva norma recoge una reivindicación del colectivo de residentes y de otros sectores profesionales: el obligatorio descanso para este colectivo de 12 horas entre jornadas, sin más excepción que las situaciones de emergencia.

Entre las principales novedades de esta regulación, destaca el establecimiento de una nueva configuración de las unidades docentes y las comisiones de docencia. Así, se crearán unidades docentes capaces de formar a residentes de distintas especialidades interrelacionadas.

Además, fija el deber de supervisión del residente, garantizando la supervisión física del mismo durante el primer año de residencia y el establecimiento por parte de la unidad docente de protocolos de supervisión para los años siguientes.

PRUEBA FINAL VOLUNTARIA

Además, se incorpora la posibilidad para el residente de hacer una revisión voluntaria de las evaluaciones finales positivas para mejorar la calificación a través de una prueba nacional de carácter anual, realizada bajo los criterios de la Comisión Nacional de cada especialidad.

La nueva regulación consolida el libro de residente como instrumento necesario para el seguimiento y registro de las actividades realizadas por el residente durante su periodo formativo.

(SERVIMEDIA)
01 Feb 2008
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