PAIS VASCO

MAYOR CONTROL EN LOS RECUBRIMIENTOS PLÁSTICOS DE ENVASES Y OBJETOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto por el que se actualiza la legislación española sobre los requisitos que deben cumplir determinados recubrimientos plásticos de envases y objetos en contacto con alimentos, incrementando así la protección de la salud de los consumidores.

Este proyecto incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva de la Comisión Europea de 29 de enero de 2004 y modifica el real decreto actualmente en vigor sobre el empleo de estos compuestos, de 7 de marzo.

Los compuestos epoxídicos son recubrimientos plásticos utilizados en la fabricación de envases y utensilios para los alimentos, ya sea de pequeñas dimensiones, como las latas, o de grandes contenedores de cemento o metal. Estos recubrimientos, si están mal formulados o aplicados, pueden ser fuente de contaminación tóxica a causa de la migración de las sustancias químicas que los componen hacia los productos alimenticios con los que entran en contacto.

Para un mejor control de estas sustancias, el real decreto de 2003 hasta ahora en vigor establecía que su autorización debía realizarse mediante listas positivas, es decir, que sólo estaban autorizadas las sustancias especificadas en dicho real decreto, que reciben las nomenclaturas abreviadas de "BADGE", "BFGDE" y "NOGE", con los límites controlados de migración que se determinan.

La directiva de 2004 que ahora se incorpora supone la actualización del régimen de empleo de los derivados epoxídicos, motivada por dos circunstancias: por un lado, los avances científicos que ha experimentado el análisis de estas sustancias, que permiten una detección más precisa que antes no era posible, y por otro la necesidad de precisar el modo en que podrá figurar en ellas la fecha de envasado.

Además, se aprovecha la ocasión para corregir una ambigüedad en el real decreto vigente, cuya disposición transitoria prescinde del "BFDGE" y el "NOGE", y tiene en cuenta sólo el "BADGE". Si bien es cierto que sólo este último epoxídico está autorizado a nivel nacional, las otras dos sustancias pueden utilizarse en materiales importados de países que tengan autorizada su fabricación.

(SERVIMEDIA)
14 Ene 2005
L