MATERNIDAD. SUSTITUIR A UNA EMBARAZADA NO TIENE COSTE ADICIONAL PARA EL EMPRESARIO

- No obstante, en septiembre sólo hubo 8.050 contratos de sustitución de maternidad acogidos al "coste 0"

MADRID
SERVIMEDIA

El empresario que sustituye a una mujer embaazada durante los 4 meses que dura el permiso de maternidad no tiene que afrontar ningún coste adicional sobre el gasto que tendría si la trabajadora mantuviera su labor habitual, según establece la normativa vigente.

Gracias a la medida conocida como "coste 0", que entró en vigor en septiembre de 1998, los empresarios no abonan cotizaciones por el trabajador que sustituye a quien disfruta de un permiso de maternidad, sea la madre o el padre.

Esto supone que, sólo en el caso de que el empresario pueste por amortizar ese puesto de trabajo durante los cuatro meses de la baja, tendrá que abonar a la Seguridad Social las cotizaciones sociales de su trabajadora, mientras las arcas públicas cubren el 100% del salario.

Además, si el padre o la madre optan por tomar excedencia para el cuidado del recién nacido, el empresario que contrate a un parado para sustituirlos será eximido de pagar el 95% de las cuotas sociales de este contrato durante el primer año de excedencia, el 60% el segundo año y el 50 el tercero.

A pesar de estos beneficios, sólo se realizaron durante el pasado mes de septiembre un total de 8.050 contratos ligados al "coste 0", según los datos de contratación a los que tuvo acceso Servimedia. Los sindicatos denuncian que suponen un número muy inferior al numéro de bajas por maternidad, lo que pone en duda la eficacia de esta medida.

(SERVIMEDIA)
30 Nov 2000
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