MAS DEL 85% DE LOS ESPAÑOLES PODRAN VIAJAR A EE.UU. SIN VISADO DESDE OCTUBRE SI CERTIFICAN QUE NO SON DROGADICTOS
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La embajada de los Estados Unidos en Madrid estima que más del 85 por ciento de los ciudadanos españoles podrán, a partir del 1 de octubre, visitar ese país sin necesidad de solicitar visado, siempre que previamente certifiquen que no son adictos a las droas.
En esa fecha entrará en funcionamiento el Programa Piloto de Exención de Visado, al que podrán acogerse aquellos que no viajen a EE.UU. con la intención de trabajar, estudiar o permancer en el país por un periodo de tiempo superior a 90 días, supuestos en los que seguirá siendo necesario solicitar el visado antes de emprender el viaje.
Sin embargo, para poder beneficiarse de la medida hay que rellenar un formulario que pregunta al interesado si sufre alguna enfermedad contagiosa, trastorno fíico o mental o es drogadicto.
Asimismo, debe confesar si ha estado arrestado o ha sido condenado por alguna infracción o delito, por dos o más infracciones cuya sentencia total de reclusión fuera igual o superior a cinco años, por una violación relacionada con los estupefacientes o por intentar entrar en EE.UU. para realizar actividades criminales o inmorales.
Además, en el cuestionario se interroga al interesado sobre si ha estado o está implicado en actos de espionaje o sabotaje, actividades teroristas, persecuciones nazis o genocidios.
El documento también exige al solicitante que aclare si tiene intención de trabajar en el país, si ha sido expulsado o deportado del mismo en alguna ocasión o si ha obtenido o intentado obtener un visado o la entrada a Estados Unidos por medios fraudulentos.
Finalmente, las autoridades estadounidenses preguntan a la personas interesadas en viajar a su país si han detenido, retenido o impedido la custodia de un niño que corresponda legalmente a un ciudadno de los EE.UU., si se le ha cancelado o denegado alguna vez el visado o la entrada al país o si en alguna ocasión ha hecho valer su inmunidad frente a un procesamiento.
A aquellos españoles que hayan recibido alguna vez la negativa de las autoridades norteamericanas a recibir el visado o a entrar en el país porque no cumplían alguno de los requisitos exigidos, la embajada les recomienda que entren en contacto con ella antes de acogerse a esta nueva medida.
Este programa está instaurado en Japón Gran Bretaña, Francia, Italia, Alemania, Holanda, Suecia y Suiza, y ha sido ampliado, además de a España, a Austria, Nueva Zelanda, Finlandia, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Islandia, Luxemburgo, San Marino, Andorra, Mónaco y Liechtenstein.
Para solicitar la admisión en los Estados Unidos al amparo de dicho programa, al margen de rellenar el citado formulario, el viajero tiene que poseer un pasaporte válido expedido por uno de los países participantes y ser ciudadano de alguno de los mismos.
Tambin debe solicitar la entrada por un periodo no superior a 90 días y sólo por motivos de turismo o negocios, poseer pruebas de su solvencia económica y renunciar al derecho de solicitar la revisión o a recurrir la decisión del oficial de inmgración en cuanto a la admisión en los EE.UU., así como a impugnar cualquier medida de deportación que no sea en base a una solicitud de asilo.
Finalmente, se exige que si la entrada es por vía aérea o marítima, el visitante debe tener un billete de ida y vuelta expeido por una compañía que haya suscrito el acuerdo con el Servicio de Inmigración y Naturalización y llegar a los EE.UU. a través de esa compañía.
El plazo máximo de 90 días de visita que concede el programa al turista para permanecer en el país no es prorrogable.
Según los datos facilitados por la embajada de Estados Unidos en Madrid, hasta junio de 1991 han viajado a ese país bajo este programa más de diez millones y medio de personas, mientras que entre octubre de 1990 y junio del presente año a cifra alcanzó los cuatro millones.
(SERVIMEDIA)
19 Sep 1991
GJA