MALOS TRATOS. EL SUPREMO REBAJA DOS AÑOS Y MEDIO LA PENA DE UN HOMBRE QUE MATO A SU MUJER PORQUE NO ACTUO CON ALEVOSIA
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 17 años y seis meses a 15 años de prisión la pena de un hombre que fue condenado por matar a su mujer tras propinarle una paliza, porque no actuó con alevosía, sino con abuso de superioridad.
Según la sentencia, heca pública hoy, los hechos se produjeron en Palma de Mallorca en 1998, cuando la víctima decide marcharse a vivir a casa de su madre, después de que el procesado, Juan Francisco Blanco González, que entonces tenía 24 años y con el que llevaba cuatro años casada, le propinase una páliza "en plena calle".
A partir de ese momento, el agresor intentó que la mujer regresase al domicilio conyugal, siguiéndola por la calle y amenazándola con matarla si no volvía. Así, en la noche del 6 de marzo, el procesado speró a que su esposa se quedase sola para subir al inmueble.
Una vez que consiguió que la víctima le abriese la puerta, inició una breve discusión con ella, tras lo cual "descandenó toda su actividad criminal", golpeándola y apuñalándola por la espalda, acabando con la vida de su mujer.
El Tribunal del Jurado de Palma de Mallorca condenó a Juan Francisco Blanco González a 17 años y seis meses de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a indemnizar a sus dos hijos comuns con 10 millones de pesetas.
Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que los hechos descritos no son constitutivos de asesinato, pues no existió alevosía. En este sentido, argumenta que en el momento del crimen la víctima no era una "persona absolutamente desprevenida" que no pudiera "percatarse o vislumbrar las intenciones agresivas del que hasta entonces era su esposo".
No obstante, el Alto Tribunal estima que el agresor actuó con la agravante de abuso de superioridad, dado que "se prevalía[...] de su evidante situación de superioridad física, golpeándola reiteradas veces, conminándola y amenazándola para conseguir que se reanudase la convinvencia".
Por esta razón, el Supremo condena a Juan Francisco Blanco González a quince años de prisión por un delito de homicicio con la agravante de parentesco y abuso de superioridad, manteniendo en los demás términos la sentencia del Tribunal del Jurado de Palma de Mallorca.
(SERVIMEDIA)
07 Sep 2000
VBR