MALOS TRATOS. LA FRANCISCO DE VITORIA OBSERVA LAGUNAS LEGALES QUE LIMITAN LA ACTUACION DEL FISCAL
- Recomienda a las víctimas que se atrevan a dar el paso de denunciar a sus maridos
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La portavoz de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, María Tardón, ha denunciado, en declaraciones a Servimedia, la existencia de lagunas legales que limitan la actuación del fiscal e los casos relacionados con agresiones o malos tratos a mujeres.
"El Código Penal de 1995 se ha limitado a establecer un precepto de agravación", dijo, "que aunque supone un cierto avance, lo cierto es que deja atado de pies y manos al fiscal para adoptar medidas cautelares".
Tardón animó a las mujeres que sufren malos tratos a "dar el paso" de denunciar a sus agresores y atribuyó a razones socioeconómicas su resistencia a afrontar un procedimiento judicial y la permanencia junto a sus cónyuges. La portavoz de la Francisco de Vitoria se refería con estas declaraciones al caso de la mujer de Granada que murió tras ser quemada viva por su ex marido, y a las críticas que ha recibido la justicia por su actuación en los asuntos de malos tratos.
Tras mostrarse a favor de endurecer el Código Penal, Tardón insistió en que son las víctimas de estas agresiones, "quienes tienen que dar el paso" de expulsar a sus maridos del hogar y acudir a un procedimiento donde se decrete su separación, algo que n suele ocurrir.
NECESITAN AL TORTURADOR
"Al no haber dinero", dijo, "(las mujeres) necesitan de su torturador, de su maltratador, para que les siga dando el poco dinero que entra en casa. Es una situación de carácter social gravísima".
Tardón no descartó que existan dentro de la carrera judicial ciertos comportamientos y actitudes demasiado tolerantes con los casos de malos tratos a mujeres, pero indicó que el problema se encuentra básicamente en el Código Penal.
Explicó que las denunciants de malos tratos por parte de sus cónyuges no desean que a éstos se les sancione o se les condene, sino que lo que buscan es que no vuelvan a agredirlas.
"Esto no lo puede hacer el derecho penal" subrayó. "La prevención de esta serie de conducta no la puede hacer el derecho penal, pero sí tener en cuenta estas circunstancias y que las condenas penales por este tipo de delitos lleven aparejadas otra serie de consecuencias".
(SERVIMEDIA)
19 Dic 1997
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