MADRID. LA CONSEJERIA DE SANIDAD REGULA LA EXTRACCION Y TRASPLANTE DE TEJIDOS HUMANOS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Madrid ha regulado la obtención, preparación, procesamieto, conservación, transporte, distribución e implantación de tejidos humanos con fines terapeúticos en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, según informaron hoy fuentes de esta consejería.
La orden establece diversos requisitos que deberán cumplir los centros sanitarios ya sea para la extracción o implante de tejidos.
Los centros sanitarios que soliciten acreditación para actividades de implantación de progenitores hematopoyéticos, incluidos los procedentes de médula ósea, sangre periférca o de cordón umbilical, deberán cumplir requisitos concretos, como disponer de laboratorios especializados, servicios de farmacia y nutrición, unidad de hematología-hemoterapia o unidad de radioterapia, entre otros.
Sobre los donantes vivos, se fija la obligación de que la persona mayor de edad haya sido previamente informada de las consecuencias de tipo somático, psicológico, familiar o profesional y de los beneficios para el receptor, de su decisión por un médico implicado en el proceso.
Finamente, se regula el funcionamiento de los bancos de tejidos, que deberán disponer de cabina de flujo laminar, siempre que sea precisa la manipulación del tejido, de sistemas de alarma en los dispositivos de conservación durante las veinticuatro horas del día y de un procedimiento de registro y de etiquetado de los tejidos, entre otros.
(SERVIMEDIA)
29 Nov 1998
D