Tribunales

Las madres solteras celebran la sentencia del TC que “erradica” su “discriminación” en los permisos parentales

MADRID
SERVIMEDIA

La Federación de Asociaciones de Madres Solteras-FAMS celebró este viernes la sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce la ampliación a 26 semanas de los permisos por nacimiento a las madres biológicas de las familias monoparentales trabajadoras por cuenta ajena, que, a su juicio, “erradica por fin” la “discriminación” de las madres solteras en relación a estos permisos.

Así lo precisó en un comunicado en el que valoró que sus hijos “disfrutarán del mismo tiempo de cuidado” que los de una familia biparental y, de esta manera, estas familias “subieron un escalón en la equiparación de sus derechos”.

A este respecto, señaló que, “por fin, contempla una de las reivindicaciones prioritarias” realizadas desde la Federación de Asociaciones de Madres Solteras-FAMS y la Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales “durante los últimos cinco años”.

FAMS comenzó a “alertar” en 2018 de que la propuesta, que luego pasaría a ser un año más tarde el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, “dejaba en desigualdad de condiciones a las familias monoparentales”.

“Los permisos parentales que se pretendían instaurar sólo estaban contemplados bajo el modelo familiar biparental, lo que suponía menor tiempo de cuidado para el o la menor de familia monoparental al no contarse con la suma de los permisos de la otra persona progenitora, vulnerando así los derechos de sus hijas e hijos a ser cuidados”, denunció.

REPARTO EQUILIBRADO

En su momento, la federación advirtió de que el cuidado de los hijos y su reparto “equilibrado” entre mujeres y hombres ofrece “soluciones distintas según la composición de la familia” y por ello consideró que se trataba de una “situación de discriminación”.

A partir de ahí, FAMS, con el apoyo de las entidades miembro de la Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales que coordina, convirtió ésta en una de sus “reivindicaciones prioritarias” en su agenda de incidencia política por el “reconocimiento, apoyo y equiparación” de derechos de las familias monoparentales en la que lleva "trabajando 30 años".

“Han sido cinco años de constancia en esta reclamación de derechos de nuestros hijos e hijas que no habría tomado tal relevancia sin el apoyo de la Asociación de Madres Solteras por Elección, entidad miembro de la federación, y la involucración de las numerosas abogadas que han acompañado a las madres que decidían reclamar estos permisos, a pesar de que ello conllevase mucha frustración en el proceso y una excesiva burocracia”, aseguró la presidenta de FAMS, Carmen Flores.

A esto añadió que no todas las madres han podido hacer esta reclamación de permisos, ya que conlleva un coste económico “importante” y “ha de tenerse en cuenta” que los hogares monoparentales “son los que más riesgo de pobreza y exclusión social presentan”, debido a que este modelo familiar, “como en esta normativa de permisos, sigue quedando fuera de muchas políticas públicas”.

FUERZAS PARA SEGUIR LUCHANDO

Para Flores, la sentencia del Constitucional les da “fuerzas para seguir luchando” por la “equiparación” de sus derechos, ya que se contempla “cierto interés” en la “realidad” de estas familias, algo que, a su entender, “debe tenerse muy en cuenta” dado que la “feminización de la pobreza” existente en la sociedad “atraviesa de lleno” este modelo familiar.

“De ahí que insistamos en que necesitamos una Ley de Familias inclusiva con perspectiva de género e infancia que reconozca la monoparentalidad, porque, sin reconocimiento, quedamos, tanto madres como hijos e hijas, discriminadas y, en consecuencia, vulnerables”, sentenció.

En este contexto, puntualizó que el derecho a la familia “debe respetarse desde el principio de igualdad”, lo que, según su punto de visita, “implica que es responsabilidad de los sistemas de protección social respaldar a los diversos tipos de familias sin priorizar un modelo sobre otro, ser conscientes de su realidad y cuáles son los desafíos que se pueden presentar para las familias”.

“Las monomarentales sostenemos los mismos gastos de crianza con un único sueldo, conciliamos pero sin otra persona progenitora y necesitamos ese apoyo por parte del Estado que se vería solventado con la Ley de Familias”, concluyó.

SENTENCIA DE ENORME RELEVANCIA

Por su parte, la jurista experta en Derechos Humanos, colaboradora de la Asesoría Jurídica de FAMS, Violeta Assiego, aseveró que la sentencia es de una “enorme relevancia para los derechos de la infancia, les reconoce como sujetos de derechos independientemente de los derechos de sus progenitores”.

“Además, supone una llamada de atención a los legisladores para que tengan en cuenta a las especificidades de las familias monoparentales cuando diseñen políticas de familia, para que dejen de legislar solo para un modelo de familia, el tradicional, y para que incluyan una perspectiva de infancia en las medidas de conciliación familiar que también afectan a las y los niños que son cuidados”, resolvió.

(SERVIMEDIA)
08 Nov 2024
MJR/gja