LIAÑO. EL TRIBUNAL DE CONFLICTOS COMIENZA MAÑANA LOS TRAMITES PARA DIRIMIR LAS DIFERENCIAS POR EL INDULTO DE LIAÑO
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El Tribunal de Conflictos comenzará mañana los rámites para dirimir las diferencias planteadas entre el Gobierno y el Tribunal Supremo por el indulto que el Ejecutivo de José María Aznar concedió el pasado 1 de diciembre al ex juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, según fuentes jurídicas.
El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción está presidido por el presidente del Supremo, Javier Delgado, que tiene voto de calidad en caso de empate entre sus miembros. Este órgano colegiado está compuesto por cinco vocales, tres consejeros permanenes de Estado y dos magistrados de la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal.
Previsiblemente, el Tribunal de Conflictos dará un plazo de diez días al fiscal y al Gobierno para que aleguen lo que consideren oportuno sobre el contencioso planteado. Después, los miembros de este órgano colegiado tendrán otros díez días para dictar el fallo.
El conflicto entre el Gobierno y el Supremo quedó formalmente planteado el pasado 8 de febrero, cuando el pleno jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Alto ribunal decidió rechazar el requerimiento del Ministerio de Justicia para reingresar en la carrera judicial a Javier Gómez de Liaño, tal y como dictaba el indulto que le otorgó el Gobierno.
Tras la concesión del indulto, los magistrados del Supremo encargados del "caso Liaño" dieron por cumplida la pena de quince años de inhabilitación, pero se negaron a reingresarle en la carrera judicial de manera inmediata, por considerar que al Gobierno no le compete tomar esta decisión. El Ejecutivo respondió iniiando el contencioso que ahora debe resolver el Tribunal de Conflictos.
En el auto en el que argumentaban su decisión, los magistrados del Tribunal Supremo señalaban que, a su juicio, el conflicto planteado por el Gobierno en el 'caso Liaño' "podría resultar constitucionalmente improcedente".
Según los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, con el conflicto de jurisdicción planteado por el Gobierno se pretende que "el Tribunal de Conflictos actúe como un órgano jurisdiccional suerior que revise y corrija la interpretación de la normativa penal".
Asimismo, advertían que la Constitución Española no permite que el Tribunal de Conflictos "revise y anule la interpretación de la legislación penal efectuada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, como órgano máximo del orden jurisdiccional penal".
(SERVIMEDIA)
01 Abr 2001
VBR