LEY DEL MENOR. EL PSOE DEFIENDE LA EDAD PENAL DE 14 A 18 AÑOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Grupo Parlamentario Socialista presentó hoy una proposición de ley orgánica reguladora de la responsabilidad penal del menor que establece la responsabilidad penal de éste desde los 14 a los 18 años.

En la iniciativa socialista, los meores de 14 años quedarán exentos de responsabilidad penal y sólo sometidos a las competencias administrativas de educación y protección que hoy residen en la administración autonómica.

El portavoz socialista en la Comisión de Justicia, Juan Alberto Belloch, y la diputada María Teresa Fernández de la Vega, explicaron hoy en rueda de prensa en el Congreso el contenido de su propuesta, cuya presentación justificaron en el retraso que sufre dicha normativa en el Ministerio de Justicia.

Lejos de la pesecución legal y el castigo a los delincuentes menores de edad, la filosofía de la iniciativa socialista expuesta por ambos diputados se fundamenta en la necesidad de llenar el vació legal existente actualmente en el Código Penal respecto de los menores, y en el objetivo final de que las medidas contra ellos conduzcan a su "resocialización" posterior.

Del articulado legislativo propuesto por los socialistas destaca el que no se definirán nuevos delitos o faltas, sino que los serán todos los que descrie el actual Código Penal. Lo que se propone que varíe son, en atención a la edad del autor, las consecuencias asociadas a su comisión.

En la línea avanzada en el borrador de Ley Penal Juvenil de la ministra de Justicia, Mariscal de Gante, el PSOE defiende asimismo medidas privativas de libertad, privativas de derechos, multa y amonestación.

Otro apartado legislativo propuesto es que el equipo técnico multidisciplinar al servicio del juzgado de menores deberá elaborar siempre un informe al juez y l Ministerio Fiscal con el propósito de que conozcan las características personales del menor y puedan ponerlas en relación con el hecho delictivo investigado.

Una norma básica para el PSOE es que los únicos competentes para el enjuiciamiento de los menores y para controlar la aplicación de las medidas impuestas sean los jueces de menores. En cualquier caso, la ejecución de las medidas corresponderá a la Administración, que actuará bajo el control del juez de menores y el Ministerio Fiscal, en término similares a como lo hace con los presos comunes el juez de vigilancia penitenciaria.

En espera de que el Ministerio de Justicia haga pública su propuesta legislativa al respecto, a fin de poder ser contrastadas con la iniciativa socialista, en ésta se señala asimismo que quienes ostenten la guarda y custodia de los menores (sean padres, tutores o guardadores legales o de hecho), así como los docentes -durante el horario escolar- responderán civilmente por los hechos delictivos cometidos por los menors, si hubo negligencia en el ejercicio de sus facultades.

(SERVIMEDIA)
21 Nov 1996
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