LEY DEL FUTBOL.PP Y CIU ENMIENDAN LA LEY PARA QUE PERMITA PARTIDOS DE LIGA CODIFICADOS Y NO AFECTE A LOS CONTRATOS VIGENTES

MADRID
SERVIMEDIA

El Partido Popular accedió hoy a las exigenias de CiU y presentó una enmienda a la "ley del fútbol" que busca eliminar el controvertido carácter retroactivo de la norma, para que no afecte a los vigentes contratos de emisión que tiene suscritos Audiovisual Sport con los clubes de fútbol.

La enmienda es relativa al artículo 6.2. del proyecto del Gobierno, que regula las retransmisiones deportivas en la modalidad de "pago por visión".

Ese artículo dice textualmente en el proyecto del Gobierno que "cualesquiera operadores que acepten las conraprestaciones económicas establecidas por los clubes o sociedades deportivas, podrán realizar la retransmisión mediante la modalidad de pago por consumo".

El PP propone ahora la siguiente redacción: "Cualesquiera operadores que acepten las contraprestaciones económicas establecidas por los clubes o sociedades deportivas o por los operadores o sociedades que hayan adquirido los derechos, podrán realizar la retransmisión mediante la modalidad de pago por consumo...".

En la explicación de la enmiena, el PP la justifica así: "completar el texto con la finalidad de prever el supuesto de que los clubes o sociedades deportivas hayan contractualmente transmitido sus derechos de retransmisión".

En la misma línea, pero de forma más categórica, CiU ha presentado otra de las 12 enmiendas que registró esta tarde en el Congreso.

En su caso, quiere que se cree una disposición transitoria en la ley que diga claramente que la norma "no afectará a la vigencia y el ejercicio de todos los derechos legalmene adquiridos mediante contratos celebrados antes del día 21 de febrero de 1997".

"No pueden verse afectadas por la nueva normativa", dice la justificación de la enmienda, "aquellos derechos, legalmente adquiridos, a través de contratos que se celebraron antes de la aprobación por el Gobierno del proyecto de ley. En caso contrario, quedarían afectadas situaciones y previsiones ya generadas anteriormente, de acuerdo con el marco legal establecido y que han originado, lícitamente, derechos de retransmisin que deben respetarse por el propio principio constitucional de irretroactividad de las normas".

INTERES GENERAL

PP y CiU también han presentado enmiendas similares para permitir que las televisiones de pago puedan emitir partidos de liga o copa.

El PP añade un nuevo artículo en el capítulo de los acontecimientos deportivos de "interés general", que señala que en el supuesto de las competiciones deportivas de liga o copa, se considerará de interés general "un encuentro por cada jornada, que deerá ser retransmitido en directo, en abierto y para todo el territorio del Estado".

El PP reconoce en la justificación de la enmienda que busca con ella "limitar la declaración de interés general a un encuentro de cada jornada de competiciones profesionales de liga o copa".

La enmienda de CiU sobre este artículo dice que "en las competiciones deportivas en las que, en una jornada oficial, se disputen dos o más encuentros, uno de ellos, en todo caso, deberá ser emitido en las condiciones anteriormnte citadas (directo, abierto y para todo el territorio).

De las 15 enmiendas del PP son reseñables la ya anunciada por el diputado popular Fernando Fernández Trocóniz de eliminación del polémico rango orgánico de la ley, así como el endurecimiento del control contable de las operaciones de derechos de retransmisiones.

Por lo que se refiere a las restantes de CiU, este grupo propone precisar mejor la determinación de los eventos deportivos que serán entendidos como de "interés general". Defiende ñadir el caso de los eventos "que se celebren con periodicidad, pero no frecuentemente" y quitar el supuesto de "trascendencia de los resultados deportivos a efectos de participación en competiciones internacionales".

CiU cree que es inadmisible ese criterio recogido en el texto del Gobierno "teniendo en cuenta la imposibilidad de aplicación atendiendo cómo se adquieren los derechos televisivos".

Por lo que se refiere al catálogo de eventos de interés general, ve bien que sea el Consejo Superior e Deportes quien lo haga, pero previa audiencia de los operadores y/o programadores, y "al inicio de cada temporada deportiva".

(SERVIMEDIA)
25 Abr 1997
JRN