LASA Y ZABALA. EL FISCAL NO RECURRIRA LA SENTENCIA DEL CASO
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El fiscal del "caso Lasa y Zabala", Jesús Santos, no recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia por el secuestro y asesinato de los presuntos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, en la qe el general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo fue condenado a 71 años de cárcel.
Según informaron hoy fuentes de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, Santos no recurrirá la sentencia en aplicación del llamado principio de pena justificada, en cuanto a los cinco condenados por este caso.
Según este principio, cuando una sentencia impone penas superiores a los 30 años, no tiene sentido plantear un recurso para conseguir un castigo mayor porque los condenados sólo cumplirán en prisión l máximo establecido por la ley, es decir, 30 años.
Cinco de los procesados por el "caso Lasa y Zabala" fueron condenados por los delitos de detención ilegal y asesinato, pero fueron absueltos de pertenencia a banda armada y del delito de lesiones y torturas, lo que habría supuesto una pena mayor.
En cuanto al delito de encubrimiento del que fueron absueltos el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y el abogado Jorge Argote, Santos entiende que los argumentos esgrimidos por la Audencia Nacional son lo "suficientemente sólidos" para que cualquier recurso sea desestimado por el Alto Tribunal.
Los magistrados señalan que ninguno de los hechos que consideran probados puede definirse como un delito de encubrimiento, porque ni Vera ni Argote ayudaron a los acusados a fugarse, ni trataron de entorpecer la investigación sobre el asesinato, ni hicieron nada para que los ahora condenados se beneficiasen económicamente del crimen.
Así, la Sala explica que, cuando Jorge Argote logró ue a Bayo le sufragasen con 6 millones de pesetas un curso de piloto que quería realizar, o cuando gestionó el ingreso y pago del tratamiento psiquiátrico que este ex guardia civil recibió en un hospital militar, no estaba encubriéndole, "sino, en todo caso, pagándole su silencio", conducta que no estaba penalizada en el antiguo Código Penal, que es el que se ha aplicado en este caso, por estar en vigor en el momento de los hechos.
LA SENTENCIA
La Sala que juzgó el caso, presidida por Siro García y ompuesta además por los magistrados Carlos Cezón y Manuela Fernández Prado, condenó a Rodríguez Galindo a 71 años de cárcel por dos delitos de detención ilegal y otros dos de asesinato.
Los magistrados condenaron por estos mismos delitos al ex gobernador civil de Guipúzcoa Julen Elgorriaga, quien fue sentenciado a 71 años de prisión, así como a los ex guardias civiles Enrique Dorado Villalobos y Felipe Bayo Leal, y al capitán de la Benemérita Angel Vaquero. La Sala impuso a Dorado y Bayo 67 años, 8 mees y dos días de prisión, mientras que a Angel Vaquero le condenó a 69 años de cárcel.
La Sala absolvió a Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Dorado y Bayo de los delitos de pertenencia a banda armada y de lesiones y torturas.
Por otra parte, la Sala absolvió también al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al abogado Jorge Argote, del delito de encubrimiento. El fiscal pedía para ellos 4 años de prisión y 20 de inhabilitación.
EL CRIMEN
Los magistrados consideran probado que Jsé Antonio Lasa y José Ignacio Zabala desaparecieron en la noche del 15 de octubre de 1983, cuando unos desconocidos, por orden de Rodríguez Galindo, "les abordaron y lograron inmovilizarlos e introducirlos en los coches que llevaban y, con ellos ocultos, pasaron la frontera y llegaron a San Sebastián".
Lasa y Zabala fueron trasladados hasta el Palacio de la Cumbre, donde fueron interrogados durante varios días por Dorado y Bayo, quienes seguían órdenes de Vaquero, instruido previamente por Rodríguez alindo. Este último, junto con el ex gobernador civil de Guipúzcoa, visitó a las víctimas el primer día, mientras que el jefe inmediato de Dorado y Bayo los "visitó con frecuencia".
"Concluidos los interrogatorios", continúa el relato de hechos probados, Rodríguez Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Dorado y Bayo acuerdaron matar a Lasa y Zabala para hacerlos desaparecer. "Decidieron llevarlo a cabo en un paraje aislado, que les permitiese deshacerse de los cuerpos".
Así, Dorado y Bayo, junto con otraspersonas, trasladaron hasta la Foya de Coves, término municicpal de Busot (Alicante), a Lasa y a Zabala, a quienes previamente habían atado, amordazado y vendado los ojos, para posteriormente dispararles en la cabeza, provocándoles la muerte inmediata.
"Después arrojaron los cuerpos, sin ropa, aún amordazados y con unas vendas, a una fosa que habían preparado [...] y los cubrieron con tierra y con más de 50 kilos de cal viva", agrega la sentencia.
El asesinato fue reivindicado por los GAL mediant llamada telefónica a la Cadena Ser de Alicante, el 20 de enero de 1984. Un año después, un cazador de la zona descubrió restos de huesos humanos, algunos dentro de un hoyo y otros "esparcidos por la acción de las alimañas".
Los cadáveres no fueron identificados y quedaron despositados en el cementerio municipal de Alicante, donde permanecieron hasta diez años después, cuando Jesús García, entonces jefe de la Policía Judicial de los juzgados de Alicante, empezó a sospechar que esos restos humanos podín pertenecer a Lasa y a Zabala, cuya desaparición había sido denunciada por sus familias.
Posteriormente, las pruebas científicas confirmaron la tesis de Jesús García, quien falleció cuando comparecía como testigo ante el tribunal que juzgó el asesinato y secuestro de Lasa y Zabala.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2000
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