LASA-ZABALA. 346 AÑOS DE CARCEL PARA GALINDO, ELGORRIAGA, VAQUERO, DORADO Y BAYO POR EL SECUESTRO Y ASESINATO DE LASA Y ZABALA

- La Sala dice que Galindo y Elgorriaga sabían que en Interior "se iba abriendo camino la idea" de actuar violentamente contra ETA

- Absuelve a Vera y a Argote del encubrimiento

- Los magistrads dicen que, a lo sumo, Argote pagó el silencio de algunos imputados, y eso no fue delito hasta 1995

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó hoy a 71 años de cárcel al general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo, por su implicación en el secuestro y asesinato de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, ocurrido en 1983.

La Sala que juzgó el caso, presidida por Siro García y compuesta además por los magistrados Carlos Cezóny Manuela Fernández Prado, considera que Rodríguez Galindo es culpable de dos delitos de detención ilegal y otros dos de asesinato.

Los magistrados han condenado por estos mismos delitos al ex gobernador civil de Guipúzcoa Julen Elgorriaga, quien deberá cumplir 71 años de prisión, así como a los ex guardias civiles Enrique Dorado Villalobos y Felipe Bayo Leal, y el capitán de la Benemérita Angel Vaquero. La Sala impone a Dorado y Bayo 67 años, 8 meses y dos días de prisión, mientras que a Angel Vaquer le condena a 69 años de cárcel.

La Sala absuelve a Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Dorado y Bayo de los delitos de pertenencia a banda armada y de lesiones y torturas.

Por otra parte, la Sala absuelve también al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al abogado Jorge Argote, del delito de encubrimiento. El fiscal pedía para ellos 4 años de prisión y 20 de inhabilitación.

Los cinco condenados deberán indemnizar solidariamente a las familias de José Antonio Lasa y José Ignacio abala con 25 millones de pesetas para cada una de ellas. De esta cantidad responderá el Estado como responsable civil subsidiario, según consta en la sentencia.

Además, los magistrados imponen a los cinco condenados pena accesoria de suspensión de cargo público durante todo el tiempo de la condena.

Para los magistrados, esta indemnización es "prudencialmente adecuada" para compensar a las familias de Lasa y Zabala por "los muchos años que han tardado en conocer el paradero de sus hijos, con el door que la incertidumbre genera".

MINISTERIO DEL INTERIOR

Los magistrados consideran probado que, a lo largo de 1983, tanto Galindo como Elgorriaga sabían que "en el Ministerio del Interior se iba abriendo camino la realización de acciones violentas contra miembros de ETA refugiados en el sur de Francia, como una vía para acabar con la actividad terrorista de ese grupo, entonces tremendamente cruenta".

Por esta razón, decidieron por su cuenta "que debían intervenir, tratando de lograr la detencin en Francia y el traslado a España de aquellos miembros de ETA que consiguiesen localizar".

Para rematar su labor, después de sacar información a los supuestos miembros de ETA, luego les harían desaparecer para "evitar que los hechos fuesen descubiertos, valiéndose de algunos guardias civiles", entre ellos, "el capitán Angel Vaquero, el cabo Enrique Dorado Villalobos y el guardia Felipe Bayo, quienes se mostraron de acuerdo con todo ello".

PAGAR EL SILENCIO NO ES ENCUBRIR

Los magistrados señaln que ninguno de los hechos que consideran probados puede definirse como un delito de encubrimiento, porque ni Vera y ni Argote ayudaron a los acusados a fugarse, ni trataron de entorper la investigación sobre el asesinato, ni hicieron nada para que los ahora condenados se beneficiasen económicamente del crimen.

Así, la Sala explica que, cuando Jorge Argote logró que a Bayo le sufragasen con 6 millones de pesetas un curso de piloto que quería realizar, o cuando gestionó el ingreso y pago del tratamieno psiquiátrico que este ex guardia civil recibió en un hospital militar, no estaba ayudándole a fugarse, "sino, en todo caso, pagándole su silencio", conducta que no estaba penalizada en el antiguo Código Penal, que es el que se ha aplicado en este caso, por estar en vigor en el momento de los hechos.

Asimismo, la Audiencia Nacional absuelve a los condenados del delito de pertenencia a banda armada por considerar que no estaban organizados dentro de un grupo que persiguiese "amedrentar a la población ara subvertir el orden constitucional o alterar la paz pública".

En cuanto al delito de lesiones, los magistrados señalan que no se ha probado que "las víctimas hubiesen sufirdo lesiones antes de que les diesen muerte".

EL CRIMEN

Los magistrados consideran probado que José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala desaparecieron en la noche del 15 de octubre de 1983, cuando unos desconocidos, por orden de Rodríguez Galindo, "les abordaron y lograron inmovilizarlos e introducirlos en los coches que lleaban y, con ellos ocultos, pasaron la frontera y llegaron a San Sebastián".

Lasa y Zabala fueron trasladados hasta el Palacio de la Cumbre, donde fueron interrogados durante varios días por Dorado y Bayo, quienes seguían órdenes de Vaquero, instruido previamente por Rodríguez Galindo. Este último, junto con el ex gobernador civil de Guipúzcoa, visitó a las víctimas el primer día, mientras que el jefe inmediato de Dorado y Bayo los "visitó con frecuencia".

"Concluidos los interrogatorios", continú el relato de hechos probados, Rodríguez Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Dorado y Bayo acuerdaron matar a Lasa y Zabala para hacerlos desaparecer. "Decidieron llevarlo a cabo en un paraje aislado, que les permitiese deshacerse de los cuerpos".

Así, Dorado y Bayo, junto con otras personas, trasladaron hasta la Foya de Coves, término municicpal de Busot (Alicante), a Lasa y a Zabala, a quienes previamente habían atado, amordazado y vendado los ojos, para posteriormente dispararles en la cabeza, provocándoes la muerte inmediata.

"Después arrojaron los cuerpos, sin ropa, aún amordazados y con unas vendas, a una fosa que habían preparado [...] y los cubrieron con tierra y con más de 50 kilos de cal viva", agrega la sentencia.

El asesinato fue reivindicado por los GAL mediante llamada telefónica a la Cadena Ser de Alicante el 20 enero de 1984. Un año después, un cazador de la zona descubrió restos de huesos humanos, algunos dentro de un hoyo y otros "esparcidos por la acción de las alimañas".

Lo cadáveres no fueron identificados y quedaron despositados en el cementerio municipal de Alicante, donde permanecieron hasta diez años después, cuando Jesús García, entonces jefe de la Policía Judicial de los juzgados de Alicante, empezó a sospechar que esos restos humanos podían pertenecer a Lasa y a Zabala, cuya desaparición había sido denunciada por sus familias.

Posteriormente, las pruebas científicas confirmaron la tesis de Jesús García, quien falleció cuando comparecía como testigo ante el tribual que juzgó el asesinato y secuestro de Lasa y Zabala.

(SERVIMEDIA)
26 Abr 2000
VBR