LACE POTENCIA LA PROTECCION A LOS CONSUMIDORES COMO PRIORIDAD ESENCIAL DE CARA AL MERCADO INTERNO
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La Comisión de las Comunidades Europeas ha decidido fomentar de manera prioritaria la protección de los consumidores, como uno de los principales objetivos de la política comunitaria, en su segundo Plan de Acción Trienal, que abarca los años 1993-95, por considerarla esencial para el buen funcionamiento del mercado interno, consagrado en el Tratado de Maastricht.
Mercedes e Sola, portavoz del Grupo de Política de Consumidores de la CE, presentó hoy en Madrid los tres proyectos de directiva que su departamento ha elaborado en este sentido, referidos a los contratos de "multipropiedad", la televenta y la publicidad comparativa.
Asimismo, De Sola anunció la próxima publicación de un "libro verde" del acceso a la justicia por parte de los consumidores, que recoge la situación actual en este área y plantea la necesidad de encontrar fórmulas simples para resolver las disputa que los ciudadanos pueden tener con los prestadores de servicios.
Ante la próxima vigencia del mercado europeo sin fronteras y la libre circulación de mercancías, la CE cree conveniente un aumento y mejora de la información a los usuarios, en su lengua oficial, así como la potenciación de la función representativa de las asociaciones de consumidores.
En materia de contratos negociados a distancia, como los servicios de venta por catálogo y televenta, la directiva comunitaria pretende garantizar n período de reflexión en el que el comprador pueda reflexionar sobre su adquisición y, en su caso, devolverla si no está conforme, con la seguridad del reembolso de su dinero. En este sentido, De Sola señaló que se tiende a la autorregulación del sector en lugar de una imposición legal.
Por lo que se refiere a la utilización de bienes inmobiliarios en tiempo compartido, comúnmente conocido como "multipropiedad", la directiva propugna igualmente la existencia de un margen de tiempo en el que el client pueda analizar en frío su compromiso y obrar en consecuencia.
En cuanto a la publicidad comparativa, mediante la cual un anunciante puede utilizar un producto de la competencia como referencia de su mejor calidad, la CE ha decidido autorizarla pero imponer unos límites que la regulen y controlen sus mecanismos.
(SERVIMEDIA)
27 Sep 1993
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