LOS LABORATORIOS QUE INCUMPLAN EL DECRETO DE PUBLICIDAD DE MEDICAMENTOS SERAN SANCIONADOS HASTA CON 100 MILLONES DE PESETAS
-La directoa general de Farmacia dice que un grupo de trabajo estudia posibles aclaraciones al decreto
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La directora general de Farmacia, Pilar González Gancedo, aseguró a Servimedia que los laboratorios que incumplan el decreto sobre publicidad de los medicamentos, que hoy entra en vigor, podrán ser sancionados hasta con 100 millones de pesetas cuando incurran en una falta grave.
El decreto 1416/1994 de 24 de junio establecía, a partir de esta fecha, un periodo de seis mesespara la adaptación de la publicidad de los laboratorios al nuevo decreto.
"Esta normativa", explicó, "regula la publicidad dirigida al público y al profesional. El decreto vela por los derechos del consumidor, primero porque el producto tiene que presentarse de forma objetiva y favoreciendo su uso racional y segundo porque sólo se puede hacer publicidad al público de especialidades farmacéuticas publicitarias".
Las campañas de promoción de los medicamentos no podrán ser dirigidas a los niños, ni ontener testimonios de curación, ni recomendaciones de profesionales sanitarios, ni afirmar que la curación está aseguradas.
En cuanto a la publicidad dirigida a los médicos, ésta tendrá que hacerse en revistas especializadas y será remitida simultaneamente a las comunidades autónomas donde esté ubicada la sede del laboratorio.
Los regalos y los congresos médicos también estarán regulados. "Los congresos podrán ser financiados a partir de ahora por los laboratorios, siempre que los asistentes sea profesionales de la salud, nunca familiares ni amigos. Las hospitalidad debe ser moderada y subordinada al objetivo principal de la reunión", dijo.
Por otro lado, la normativa obliga a los laboratorios a tener un servicio científico, que se encargará de todas las actividades publicitarias de la empresa y que se responsabilizará de la actividad de los visitadores médicos.
CONTROL Y SANCIONES
El decreto establece, siguiendo lo establecido en la Ley del Medicamento, que el control de la publicida recaerá en las comunidades autónomas donde tengan fijada su sede.
"Las sanciones pueden ser muy graves, por ejemplo un ofrecimiento de primas o un concurso como método de promoción de un producto. En este caso, la sanción va desde dos millones y medio hasta 100 millones o incluso hasta el quíntuple de la cantidad defraudada", añadió.
El Estado podrá intervenir en el control y sanción de publicidad ilícita de medicamentos, cuando la publicidad se dirija a más de dos comunidades autónomas.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 1995