EL JUZGADO DESESTIMA LA DEMANDA DE ALVAREZ-CASCOS Y MARIA PORTO CONTRA TELECINCO
- El juez destaca que las imágenes fueron tomadas en lugares públicos y que el demandante pertenece a un partido que defiende el matrimonio
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El Juzgado de Primera Instancia de Madrid número 38 ha desestimado la demanda interpuesta por Francisco Alvarez-Cascos y María Porto contra Telecinco, Atlas y el director del programa "Aquí hay tomate" por haber emitido un reportaje el pasado el pasado 7 de enero de 2004 en el que se mostraba a la citada pareja con sus respectivos hijos en las inmediaciones de un hotel de Lanzarote, cuando el primero era titular de la cartera de Fomento, según informan fuentes de la cadena televisiva.
La sentencia absuelve a los tres demandados de los cargos de intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y condena a los demandantes al pago de las costas.
En el citado reportaje, objeto de la denuncia, no se aprecia, según el Ministerio Fiscal, "intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de los tres niños, ni a su derecho a la inviolabilidad de su domicilio, apareciendo en las imágenes los rostros de aquéllos ocultados o tapados".
El Ministerio Fiscal añade que la "relevancia pública por razón de su cargo justifica la curiosidad, sin que en el programa se contenga nada de descrédito ni menoscabo en la fama de los demandantes". "Tratándose de un hecho noticioso, veraz, e inocuo -continúa el Ministerio Fiscal- ha de prevalecer el derecho fundamental a la información sobre el derecho a la intimidad personal y a la propia imagen".
El juez aclara en su sentencia que en el momento de la emisión y grabación del reportaje, Alvarez-Cascos ostentaba la condición de titular del Ministerio de Fomento, "formando por ello parte del Consejo de Ministros", con "relevancia incluso constitucional".
"Además", se añade, "era entonces persona destacada del Partido Popular, partido que viene propugnando ante los electores y la sociedad la defensa monolítica del matrimonio" en su programa electoral.
Según la sentencia, las imágenes, además de haber sido captadas en lugares abiertos al público, corresponden a una persona que ejercía cargo público. "De ello se sigue que la información referida en el reportaje es de relevancia pública".
Francisco Alvarez-Cascos y María Porto reclamaban a la cadena un total de 1.200.000 euros de indemnización "por los daños morales infligidos", así como la destrucción del reportaje.
Se da la circunstancia de que otro juzgado, el número 12, dictó sentencia recientemente por los mismos hechos contra la productora del programa "Día a Día" que emitió exactamente el mismo reportaje y en el mismo día (7 de enero de 2004).
Telecinco solicitará acumular ambos procesos ante la Audiencia Provincial de Madrid, de manera que un solo recurso abarque los dos procedimientos planteados.
La cadena afirma en un comunicado que "se congratula de esta sentencia plenamente congruente con la línea jurisprudencial seguida por nuestros tribunales a la que la cadena se ciñe estrictamente".
(SERVIMEDIA)
25 Ene 2005
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