JUSTICIA SUBVENCIONA A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS PARA ATENCION DE RECLUSOS, LIBERADOS Y FAMILIARES
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El Consejo de Ministros aprobó hoy sendos acuerdos por los que se determina el criterio objetivo para la istribución territorial a las comunidades autónomas de subvenciones para atención de los reclusos, ex presos y familiares y de toxicómanos, que figuran en el presupuesto de Justicia de este año.
Las comisiones de Asistencia Social Penitenciaria son las encargadas de gestionar la concesión de diversas ayudas económicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Las ayudas vienen motivadas por el ingreso en prisión del miembro de la familia que aportaba los medios materiales básicos para sumantenimiento o porque el cumplimiento de la pena, dadas las limitaciones de plazas de que dispone la Administración penitenciaria, se realiza a muchos kilómetros del domicilio familiar.
También ha de tenerse en cuenta la especial dificultad con que se encuentran los penados en el momento de la salida de prisión para iniciar o continuar su reintegración en la sociedad.
Las ayudas son de carácter subsidiario, por lo que se darán cuando el peticionario no sea acreedor de otras prestaciones otorgada por los distintos organismos de las administraciones públicas.
Hay dos tipos de ayudas: las generales (de carácter económico- familiar y de becas de asistencia a centros escolares) y especiales (apoyo a la integración social y familiar, ayuda a internos y ayuda económica a los liberados).
Las subvenciones existentes para la atención a internos liberados y familiares son gestionadas por las comunidades autónomas a las que les han sido transferidos los servicios pertinentes. Desde 1987, la ha reciido Cataluña, la única comunidad autónoma que tiene competencias en materia penitenciaria.
Respecto a la atención a drogodependientes, se enmarca en la labor de fomento de todas aquellas medidas que tiendan a la reinserción y rehabilitación de reclusos con ese tipo de problemas.
(SERVIMEDIA)
21 Jun 1991
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