LA JUNTA DE FISCALES, DISCONFORME CON LA SENTENCIA QUE ABSUELVE A LOS "ACUSADOS" DE PLANEAR LA FUGA DE ETARRAS

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta e Fiscales de la Audiencia Nacional ratificó hoy su disconformidad con la sentencia que absuelve a José Luis Múñoz Rodríguez, alias "Txebid", Mikel Beloki e Iñake Kortadi, "acusados" de planear la fuga de algunos dirigentes etarras de la cárcel de Herrera de La Mancha, a pesar de considerar probados los hechos.

La fiscalía reiteró la calificación definitiva formulada en el juicio oral, en la que pidió 8 años de prisión para cada procesado por colaboración con banda armada y no una pena correspondientea un delito de evasión de presos en grado de tentativa, que es el recogido en la sentencia.

En un escrito hecho público hoy, la Junta de Fiscales entiende que no hubiera sido procedente, ni siquiera como conclusiones alternativas, calificar los hechos de delito de evasión de presos, ya que el objetivo de los acusados era "beneficiar a la banda armada, recuperándo a sus más destacados miembros".

La sentencia considera probado que los acusados planearon, a lo largo de dos años, la fuga de José Ignaio de Juana y de otros reclusos pertenecientes a la banda terrorista ETA, internos en el centro penitenciario de Herrera de La Mancha.

El plan preveía la utilización de un helicóptero, uniformes militares y una lancha neumática para cruzar el Río Guadiana y pasar a Portugal, donde la súbdita francesa Françoise Marhuanda, condenada por colaboración y detención ilegal, se encargaría de crear la infraestructura.

Los fiscales recuerdan que, aunque la sala omitió en la sentencia el dato de la militanca de José Ignacio de Juana en ETA, la propia sección le condenó como autor de varios atentados cometidos por el "comando Madrid" durante los años 84, 85 y 86; entre ellos, el realizado contra la Guardia Civil en la calle Juan Bravo en el que murieron 5 agentes.

Señalan que todo el plan era conocido por Francisco Múgica Garmendia, quien facilitó medios económicos para la realización del plan.

Recuerdan también que en caso de que se hubiera tratado de un delito de evasión de presos, la Audiencia Naional hubiera carecido de la competencia necesaria para llevar el tema, que tendría que haber sido remitido a los juzgados de instrucción de San Sebastián, lugar donde fueron detenidos los procesados.

Además, según consta en el escrito, la propia sala mantuvo en prisión desde febrero de 1990 a los procesados, a petición del Ministerio Fiscal, que no podría haberse mantenido si realmente se hubiera tratado de un delito de evasión, ya que la pena a imponer hubiera sido multa o en todo caso de arresto maor.

(SERVIMEDIA)
19 Nov 1991
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