LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL REITERA QUE LOS PODERES PUBLICOS NO PUEDEN REALIZAR CAMPAÑAS EN PERIODO ELECTORAL
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La Junta Electoral Central (JEC) ha reiterado que los poderes públicos no pueden realizar ninguna campaña durante el periodo electoral -el comprendido entre la convocatoria de las elecciones y el día miso de la votación-, porque este hecho vulnera los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral, así como el de igualdad entre los grupos concurrentes.
La JEC ha hecho público este acuerdo tras atender una consulta del director general de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo, quien se interesó sobre los límites y objetos sobre los que podrían versar las campañas que los organismos públicos desarrollen durante el proceso electoral.
En su resolución, la Junta Electoral Centralseñala que, no obstante, sí pueden realizarse campañas previstas en la normativa electoral en relación con la información a los ciudadanos sobre la inscripción en las listas del censo electoral y las que puedan resultar imprescindibles para la "salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos".
(SERVIMEDIA)
04 Abr 1995
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