LA JUNTA DE ANDALUCIA, CONDENADA A PAGAR 25 MILLONES A UNA NIÑA QUE NACIO CON MALFORMACIONES
-El Supremo considera que no se puede descartar la relación entre su minsvalía y las complicaciones de un parto que hubiera precisado una cesárea
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad Autónoma de Andalucía a pagar una indemnización de 25 millones de pesetas a una niña que nació con malformaciones posiblemente causadas por no haber practicado una cesárea a la madre.
La sentencia relata que la madre fue atendida en el Hospital San Agustín, en Linares (Jaen), donde dio a luz sin que se le racticara una cesárea, como era conveniente por las complicaciones del parto.
La recién nacida tuvo que ser ingresada con una parálisis total del brazo derecho, insuficiencia renal aguda, y cianosis facial y cervical, afecciones por las que padece un grado de minusvalía del 42 por ciento.
Aunque no existen garantías de que si se le hubiera practicado a la madre la cesárea se hubiesen evitado estas secuelas, el Tribunal Supremo considera que existe una responsabilidad de la Administración andaluza ya que "no se puede excluir el nexo causal entre la incorrecta actuación sanitaria y la minusvalía que padece la niña".
En este sentido, el Alto Tribunal señala que "el parto, al no haberse practicado la cesárea, se prolongó excesivamente, con el consiguiente sufrimiento fetal, y pudo afectar a distintos órganos y funciones".
Por ello, condena a la Administración andaluza a indemnizar con 25 millones a la afectada, facilitarle la asistencia sanitaria que precise y dar a conocer a sus padres el nmbre y cualificación profesional del personal que intervino en el parto. De esta forma, el Supremo impugna la sentencia dictada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que absolvía al Gobierno regional.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 2000
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