UN JUEZ RESPALDA A UN BAR QUE SE NEGO A PAGAR A LA SGAE POR USAR UN TELEVISOR

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Segovia ha desestimado una demanda presentada por la Sociedad General deAutores y Editores (SGAE) contra el propietario de un bar de esta ciudad que se negó a pagar un canon por usar un receptor de televisión en su establecimiento.

Según la Federación Española de Hostelería (FEHR), la sentencia mantiene que "no es cierto que la mera existencia de una televisión en un bar, incluso encendida, sea acto de comunicación pública" y, por tanto, está exento de pagar el canon por derechos de autor que reclama la SGAE.

El titular del juzgado entiende que, ante el elevado númer de receptores de radio y televisión por habitante, no parece posible considerar un acto de comunicación pública "lo que se ve o se oye en un bar".

"Es perfectamente posible, como dice la demandada, (que el televisor) sólo se tenga para noticias, deportivos o programas taurinos, que no tienen -en principio- relación con derechos de autor", añade la sentencia.

"Es cierto", continúa el juez en su argumentación, "que los asistentes al local puedan ver u oir lo que se emite por la televisión o por laradio, pero eso no les convierte en público del producto comunicado por esos medios".

Respecto al concepto de comunicación pública, el juez especifica que "la nota que caracteriza al público de un acto de comunicación pública es el reunirse para asistir a ese acto, para acceder a esa obra. Pero esto no es así aquí, en los bares, cuyo público es convocado al local por causas ajenas a la música o a la televisión".

(SERVIMEDIA)
21 Ene 2000
J