LA IX LEGISLATURA COMENZARÁ ANTES DEL PRÓXIMO 18 DE ABRIL
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La IX Legislatura comenzará antes del próximo 18 de abril, ya que esa es la fecha tope para convocar la solemne sesión de apertura de las Cortes Generales tras las elecciones previstas para el 9 de marzo.
Según lo anunciado por el presidente del Gobierno, José Lúis Rodríguez Zapatero, mañana aprobará el decreto de disolución de las Cortes Generales para la convocatoria de elecciones el 9 de marzo.
En ese decreto deberá figurar, además de la fecha de las elecciones, la fecha y hora de convocatoria del Congreso electo, clave para determinar el inicio de la legislatura.
El Reglamento del Congreso de los Diputados establece ese requisito, y también que esa convocatoria deberá producirse, en todo caso, dentro de los 25 días siguientes a las elecciones, en este caso el 3 de abril como muy tarde.
En esa reunión los electos juran o prometen acatar la Constitución y el Congreso elige a su Mesa, es decir, Presidencia, cuatro Vicepresidencias y cuatro Secretarías, con orden de prelación en sus funciones.
Después, en los quince días siguientes a la sesión constitutiva, se celebra la solemne sesión de apertura de la legislatura, y eso lleva el calendario hasta el 18 de abril.
Entre medias el proceso electoral establece una serie de normas y procedimientos tasados de presentación y proclamación de las candidaturas, y para su elección por parte de los electores censados, todo ello regulado en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Así, las candidaturas que quieran concurrir a las elecciones generales deberán ser presentadas ante la Junta Electoral Central entre los quince y los veinte días posteriores a la convocatoria, y antes de los siete días siguientes a la conclusión de ese plazo serán proclamadas y después publicadas oficialmente.
Hay dos días de plazo para interponer recurso contra los acuerdos de proclamación ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo, y otros dos para resolver.
Después quedan aún dos días de plazo para solicitar amparo al Tribunal Constitucional, que debe resolver en menos de tres días.
La LOREG tasa también los tiempos de la campaña electoral, es decir, el que se da a las candidaturas para pedir el voto a los electores, y que comienza el día 38 después de la convocatoria, dura quince días y termina en todo caso a las cero horas del día inmediatamente anterior al de la votación.
En consecuencia, la campaña electoral, como ya anunció el presidente al hacer pública la fecha de las elecciones, comenzará a las cero horas del día 22 de febrero y concluirá a las cero horas del 8 de marzo.
Es la Constitución la que dicta la norma suprema de que las elecciones generales se celebrarán entre los treinta y los sesenta días posteriores a la conclusión del mandato de los diputados, que se produce a los cuatro años de su elección o con la publicación del decreto de disolución de la Cámara, es decir, el martes.
(SERVIMEDIA)
13 Ene 2008
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