ITOIZ. LA AUDIENCIA NACIONAL PIDE 24.000 MILLONES DE FIANZA A LOS ECOLOGISTAS PARA PARALIZAR LAS OBRAS DEL PANTANO DE ITOIZ
-El abogado de la Coordinadora afirma que varias sentencias del Tribunal Supremo apoyan la suspensión de actos administrativos sin ninguna fianza
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La Audiencia Nacional ha atendido la petición formulada por la Coordinadora de Itoiz para suspender las obras del pantano de Itoiz (Navarra), peo estableciendo como condición previa el depósito de una fianza de 24.071.597.580 pesetas, según informaron hoy fuentes de la citada coordinadora.
Theo Oberhuber, portavoz de la Coordinadora de Organizaciones de Denfensa Ambiental (Coda), declaró a Servimedia que el auto dictado por la Audiencia Nacional "supone dar la razón a los que argumentamos que lo razonable y ajustado a derecho es detener las obras, pero incompresiblemente se establece una fianza inusual e inasequible".
La petición de paraización de las obras se efectuó tras conocer el contenido de la sentencia de la Sala Contencioso-Administrativo de la Audiencia que declara ilegales las obras de construcción del polémico pantano en el Pirineo navarro, ya que anula el proyecto de construcción.
El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente recurrió ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional, mientras que la Coordinadora de Itoiz, amparada por organizaciones ecologistas del todo el Estado, entre ellasla Coda y Greenpeace, pidió la paralización temporal de las obras hasta que el Supremo emita una sentencia firme.
El auto fijado por la Audiencia Nacional acepta la suspensión, pero estableciendo una fianza millonaria a la cual la coordinadora no puede hacer frente.
La fianza es incluso superior a la que calculó Cristina Narbona, secretaria de Estado de Medio Ambiente, quien aseguró que los perjuicios que la paralización puede acarrear a las administraciones y las constructoras podría superar los7.000 millones de pesetas.
Por el contrario, el abogado de la Coordinadora de Itoiz, José Luis Beaumont, señaló a Servimedia que diversas sentencias del Tribunal Supremo apoyan la suspensión, sin ningún tipo de fianza, de un acto administrativo que ha sido anulado por una sentencia en primera instancia, lo cual se contradice con el auto dictado ahora por la Audiencia Nacional.
(SERVIMEDIA)
25 Ene 1996
GJA