Italia puso esa condición para entregarlo a España --------------------------------------------------
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La Audiencia Nacional ha condenado a 6 años de prisión, por tenencia ilícita de armas, a Pablo Gómez Ces, presunto miembro del "comando Bianditz" de ETA, que no pudo ser procesado por otros delitos porque así lo exigieron las autoridades italianas al extraditarlo a España en 1989.
El procesado huyó a Italia en 1987 tras la desarticulación del "comando" y fue declarado en rebeldía por la Audiencia Nacional. Las autoridades italianas lo detuveron y lo entregaron a España con la condición de que no fuera juzgado por pertenencia o colaboración con banda armada y depósito de armas, por considerar que se trata de delitos políticos.
Según la sentencia hecha pública hoy, Gómez Ces tenía un "zulo" en el barrio de las Agustinas, de Rentería (Guipúzcoa), con diversas armas, tres pistolas "browning", cargadores y munición.
Cuando el municipio comenzó una labor de tala en la zona, el acusado trasladó el depósito al monte San Marcos, próximo a l citada localidad, pero fue descubierto por la policía tras la desarticulación de otro "comando" de ETA.
Dos de las armas intervenidas tenían la numeración borrada, eran de fabricación extranjera y fueron introducidas en España sin que el procesado tuviera permiso para su custodia y traslado.
Gómez Ces negó los hechos ante el tribunal, aunque en las declaraciones sumariales admitió su implicación y ofreció "numerosa y detallada" información sobre el "zulo".
(SERVIMEDIA)
21 Nov 1991
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